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EL CONCEJO DELIBERANTE DIO INICIO A LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CONVOCADA PARA TRATAR LA VENTA DE TERRENOS MUNICIPALES.

Pulicado el
por
Presidida por el Titular del Concejo Deliberante Sr. Fernando Glatigny y con la presencia de los Concejales Rodolfo Cabeza, Raúl Rodríguez (Bloque Justicialista FPV), Paola Jofré (Somos Mendoza)  Paola PaleicoMartin Palma , Mauricio Martinez, y Juan Manuel Ojeda (Bloque Cambia Mendoza), dio inicio la Sesión Extraordinaria convocada para el día de la fecha.
La misma fue convocada para dar tratamiento al Expte. Nº 2.968/18 Dirección de Obras Privadas  Martínez Facundo. Ref. Proyecto de Ordenanza: Venta de Terrenos Municipales en Paraje de Bardas – Distrito Río Grande. (Orden del Dia- 14/11/2018)
Tras la lectura de la Nota elevada por el Sr. Intendente Municipal Dn Jorge Vergara Martínez y el Secretario de Gobierno Sr. Carlos Vázquez, los Concejales aprobaron la moción presentada por la Edil Paola Paleico, por cuanto el Cuerpo de Ediles se constituyó  en Comisión para el análisis y estudio del Proyecto ingresado.

Marcia Sepúlveda

Fotos: Belén Pedernera Ferragut

PRENSA HCD

REGLAMENTO INTERNO HCD- SESIONES EXTRAORDINARIAS.

ARTÍCULO 12º: Celebrará también Sesiones de prórroga por resolución del Cuerpo y Extraordinarias por convocatoria del Intendente, en los casos del Art. 105, inc. 9 y 11, que dicen respectivamente:

INCISO 9: “Convocar al Concejo a Sesiones Extraordinarias, siempre que lo requiera un asunto grave o urgente”.

INCISO 11: “Proveer en Comisión en el receso del Concejo, las vacantes que requieran acuerdo, teniendo igualmente facultad para suspender en sus funciones a los empleados que requieran este requisito, por faltas graves, pidiendo al Concejo su destitución, a cuyo efecto lo convocará a Sesiones Extraordinarias en un término que no exceda de quince días, contados desde la suspensión. La suspensión decretada por el Intendente se considerará sin goce de sueldo. Si el Concejo resuelve no aprobar la resolución del Intendente, se le reintegrará al empleado los sueldos desde el día de la suspensión y se le restablecerá en su puesto”.

ARTÍCULO 13º: En las Sesiones Extraordinarias sólo podrán tratarse los asuntos que hayan determinado la convocatoria, siempre que el Concejo declare previamente su urgencia en Sesión Parlamentaria.