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ORDENANZA N° 2029/2020

Pulicado el
por

VISTO: La nota HC-2.673/2.020. Proyecto de Ordenanza: Eximición del pago de tasas de  comercio a actividades  departamentales damnificados  por la  crisis  socio      económica que atraviesa nuestro País en el marco de la propagación de la pandemia      COVID-19, elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal al Honorable       Concejo Deliberante.

La actual situación de emergencia  planteada y  la imperiosa necesidad de adoptar medidas administrativas que permitan  dar respuesta frente a la crisis del sector productivo y comercial , perjudicado  por la paralización de la economía; todo ello en pos de la protección de derechos básicos y fuentes de trabajo  genuinas.

y;

CONSIDERANDO: Que la pandemia tiene  profundas consecuencias sociales y económicas y la  expansión  del COVID-19 tendrá  efectos sin precedentes por lo          que se deben  tomar medidas sanitarias  y económicas sin precedentes.

Que la pandemia  del COVID-19 está exacerbando las desigualdades ya existentes,         por lo que las respuestas  políticas deben  garantizar que el apoyo llegue  a los    trabajadores y a las empresas que más lo necesitan.

Que dicha situación propicia la desigualdad de los ingresos, lo cual  genera graves          repercusiones  sociales y económicas.

Que si bien  hay  empresas y comerciantes que pudieron reducir la paralización  económica sea trabajando  a distancia, o continuando  con su actividad de forma  adaptada, otros sectores  no gozaron de dicha  ventaja.

Que se deben  adoptar medidas de envergadura para preservar los puestos de       trabajo.

Que la pandemia del COVID-19 no sólo es una  crisis sanitaria, sino que también es       una crisis  social y económica y es necesario que los gobiernos  actúen  con   determinación a fin de salvar  puestos  de trabajo, propiciando  la continuidad de las    empresas, impidiendo  despidos y protegiendo  a los trabajadores vulnerables.

Que es imprescindible aplicar políticas fiscales sin precedentes para evitar que la            actual caída precipitada no se convierta en una recesión prolongada.

Que la presente  forma parte de las medidas que son necesarias adoptar  para       atemperar los efectos  de la crisis  económica, que, si bien  ya  afectaba  el país, se           ha visto  profundamente  agravada por el aislamiento  social preventivo y        obligatorio dispuesto.

Que nos  encontramos  ante una emergencia  sanitaria que nos obliga a adoptar    decisiones  con el  objetivo de proteger  la salud pública pero también  a  paliar los    efectos de las medidas restrictivas vigentes, que  significarán  una merma en la    situación económica  general, para  que los  habitantes de nuestro Departamento             puedan  desarrollar sus vidas sin verse  privados  de derechos  elementales, tales              como herramientas de trabajo.

Que en este  marco, la presente contempla  medidas  temporarias proporcionadas            respecto de la situación  de emergencia  que se enfrenta  que resultarán  de ayuda           para un  importante  sector  de la población  que lo necesita. Llevando  alivio a un     fragmento  de la comunidad en un contexto  de gran  incertidumbre por       la         pandemia declarada y sus efectos.

Que debe considerarse  que la presente  iniciativa se muestra  en consonancia con las      medidas adoptadas por otros  países en el marco de la pandemia COVID-19, la cual          ha impedido  que un número creciente de personas pudieran  desarrollar  normalmente   sus  actividades económicas originando  una drástica  reducción  en los ingresos  familiares, con  la consecuente caída de la capacidad de afrontar  sus obligaciones.

Que es deber  del Gobierno  municipal  garantizar los derechos  esenciales de la población  y su goce  efectivo, resultando  un interés  prioritario asegurar el acceso         sin restricciones  a los bienes  básicos.

Que mediante Ordenanza N° 2.028/2.020, el Honorable Concejo Deliberante,      declaró la Emergencia Económica, Social y Financiera.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTICULO 1°: Exímase del pago del primer , segundo  y tercer bimestre  del año 2.020 de   las tasas de              comercio a todas las actividades  domiciliadas en el Departamento de       Malargüe, que se  vieron  afectadas por la paralización de la actividad  productiva y económica, derivada de las disposiciones y reglamentos  nacionales que              instituyeron  el “aislamiento  social preventivo y obligatorio”. Exceptuando los         rubros y servicios declarados como “esenciales” en la emergencia, los cuales se             comprenden  en el Artículo 6° del Decreto Nacional N° 297/2.020 y posteriores.             Este monto significará solo una reducción del   0,037% de la recaudación del Presupuesto anual del año en curso.

ARTICULO 2°: Dispóngase  la condonación  total de las tasas de comercio, durante el año        2.020, a todos los establecimientos  vinculados de forma directa con la industria turística , entiéndase por tal a establecimientos destinados a alojamiento, agencias           de turismo, emprendimientos turísticos, guías de turismo  y afines.

ARTICULO 3°: Compútese como crédito a favor del contribuyente, según Artículo 1°, para el             Ejercicio Fiscal 2.020, para los contribuyentes comprendidos  en el Artículo        2°, que hayan             abonado con    fecha anterior a la sanción   a la presente pieza legal           computándose el ejercicio 2.021.

ARTICULO 4°: Dispóngase como Autoridad de Criterio y Aplicación de la presente     Ordenanza a la Dirección de Rentas de la Municipalidad de Malargüe.

ARTICULO 5°: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A QUINCE DÍAS DE MAYO DE DOS MIL VEINTE.

Art Relacionados.:

https://hcd.malargue.gov.ar/2020/05/14/dio-inicio-la-sesion-extraordinaria-para-dar-tratamiento-a-la-eximicion-de-pago-de-las-tasas-de-comercio/

https://hcd.malargue.gov.ar/2020/05/15/dio-por-finalizada-la-sesion-extraordinaria-aprobando-una-ordenanza/