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ORDENANZA N° 2.037/2.020

Pulicado el
por

AUTORES: CONCEJALES DANIELA FAVARI, SILVIA CORREA, ANDRES RISI, PAOLA JOFRE Y JOSE BARRO

BLOQUE ALIANZA ELEGI MENDOZA FRENTE POLITICO y SOCIAL

VISTO: El contenido del Expediente N° 4.741-HC 017 – 2.020. Bloque Alianza Elegí Mendoza FPyS. Proyecto de Ordenanza: “70 años de la Segunda Fundación del Departamento de Malargüe.”

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CONSIDERANDO: Que en el año 1876, el General Julio Argentino Roca quien fuera el Jefe de Fronteras, ordenaría al Teniente Coronel Luis Tejedor construir a los 25 km al norte del «Fortín de Malalhue» el “Fuerte General San Martín” en el paraje El Alamito que se ubicaba al sur del Río Atuel, cercano a las juntas con el Río Salado Mendocino.

Que  diez años después, el 16 de enero de 1886, se fundaría por decreto la «Villa de Malargüe» —sobre la base del fuerte antes citado más conocido como “Fortín El Alamito”— nombre que fue cambiado en virtud de otro decreto del 17 de mayo de 1887 por el de “Villa Coronel Beltrán”, al igual que el del departamento, en homenaje al sacerdote que fuera Jefe de la Maestranza del Ejército de los Andes del General José de San Martín.

Que el 16 de noviembre de 1950, por Ley Provincial N° 1.937 y ejerciendo el gobierno de Mendoza Blas Brísoli y con el nombre original, la localidad resurgió como cabecera de la administración del territorio departamental (también recuperado al escindirse nuevamente del Departamento San Rafael, al que le darían nueva denominación: “General Perón”; Cinco años después, luego del ascenso de la Revolución Libertadora, dicho departamento también resurgiría con  su nombre original de Malargüe.

Que, por lo expuesto precedentemente es importante hacer mención en la papelería oficial con la insignia “70 años de la segunda fundación del Departamento de Malargüe”  valorar el trabajo y esfuerzo de tantos Malargüinos e inmigrantes  que han hecho a lo largo de tantos años de  nuestro departamento una tierra pujante y de sostenido crecimiento que ha marcado una  historia fuerte en el sur de la  Provincia de Mendoza.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTÍCULO 1º: Institúyase durante el año 2020, en toda la papelería oficial de este Honorable Concejo Deliberante y del Departamento Ejecutivo en un pie de página con la insignia “70 años de la Segunda Fundación del Departamento de Malargüe”

ARTICULO 2º: Remítase copia de la presente pieza legal a los Representantes de Malargüe en la Cámara de Senadores de la Provincia de Mendoza.

ARTICULO 3º: Difúndase a través del área de Prensa del Honorable Concejo Deliberante la presente pieza legal y haciéndola llegar a los medios de comunicación, escritos, radiales y digitales del Departamento.

ARTICULO 5º: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTITRES DÍAS DE JULIO DE DOS MIL VEINTE.