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RESOLUCIÓN N° 100/2.020

Pulicado el
por

AUTORES: CONCEJALES JOSE BARRO, PAOLA JOFRE, DANIELA FAVARI Y SILVIA CORREA

BLOQUE FRENTE DE TODOS

VISTO: El contenido del Expediente N° 4.771-HC 019-2.020. Bloque Frente de Todos   Proyecto de Resolución: Transporte Público a parajes de la zona rural en el contexto de la Pandemia por COVID-19.”

La necesidad de asegurar la conectividad entre los pobladores de la zona rural hacia nuestra ciudad y los distintos parajes de nuestro departamento.

Y;

CONSIDERANDO: Que desde el 20 de marzo pasado el transporte de Mendoza debió extremar las medidas en la prestación de servicios debido al aislamiento social, preventivo y obligatorio en el marco de la emergencia por COVID-19,

Que Mendoza, también se adhiere a la reglamentación del Ministerio de Transporte de la Nación, que establece una ocupación máxima del 60% de la unidad de transporte en circulación.

Que el uso del transporte público se disminuyó a raíz de las medidas preventivas implementadas para evitar la propagación del coronavirus en Mendoza,

Que en nuestro Departamento se ha suspendido el transporte público desde y hacia la zona rural.

Que para muchos pobladores de la zona rural es el único medio que le permite realizar trámites indispensables que solo pueden hacerse en la ciudad.

Que existen protocolos aprobados de sanidad y prevención para trabajadores y pasajeros para  la utilización del transporte público.

Que le corresponde en general a la Secretaria de Servicios Públicos el  planeamiento, coordinación, fiscalización y contralor de la prestación de los servicios de transporte.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

RESUELVE

ARTÍCULO 1°: Solicitar a la Secretaria de Servicios Públicos del Gobierno de la Provincia de Mendoza,  la habilitación del transporte público  desde y hacia la zona rural del Departamento de Malargüe, con una frecuencia mínima semanal, con el cumplimiento de las normas de seguridad sanitaria que se requiera.

ARTICULO 2°: Requerir a la Municipalidad de Malargüe, a través del Area de Prensa, la publicidad del cronograma que establezca  la Secretaria de Servicios Públicos y la Empresa prestadora del servicio.

ARTÍCULO 3°: Elevar copia de la presente pieza legal a Legisladores Provinciales por el Departamento de Malargüe y  Oficina de Transporte Delegación Malargüe.

ARTICULO 4°:Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTITRES DÍAS DE JULIO DE DOS MIL VEINTE.