AUTORA: CONCEJAL LUCIANA VILLEGAS
VISTO;El Expte. N° 4.752-HC-018-2.020.Bloque Cambia Mendoza. Proyecto de Resolución: Reconocer a las mujeres rurales crianceras en el marco del mes de la mujer. Federalizando el día 08 de marzo.
Que las mujeres de la zona rural del Departamento no son reconocidas y/o recordadas por sus funciones y contribuciones a las tareas rurales.
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CONSIDERANDO: Que un desarrollo agrícola y rural que sea equitativo, eficaz y sostenido no puede conseguirse sin el reconocimiento expreso del enorme aporte de la mujer rural a la producción alimentaria y agrícola.
Que su función es crucial para determinar y garantizar la seguridad alimentaria y el bienestar de todo hogar.
Que es importante valorizar el papel de la mujer a las explotaciones agrícolas y ganaderas, además de garantizar la igualdad entre hombres y mujeres, como esposas, miembro de familia.
Que las mujeres están presentes en todos los sistemas de producción, especialmente en los sistemas de cultivo mixto , ganadero y horticultura así como también están presentes en otros servicios como el turismo rural, la venta directa de sus productos y transportes rurales.
Que sin embargo sigue existiendo una división de roles que asigna a la mujer al cuidado de la casa, salud, educación y familia, otorgando a los hombres el manejo de las tierras y de las maquinarias, cuando en realidad éstas últimas son compartidas.
Que la historia de vida, de trabajo y la participación femenina dentro de las agrupaciones de crianceros y productores del Departamento, la ubica en un cambio cultural y fortalecimiento del sector femenino ganadero.
Que tenemos conocimiento de que históricamente muchas de las mujeres de la zona rural han desarrollado la actividad agrícola y ganadera solas y en algunos casos con ayuda de sus hijos.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTICULO 1°:Reconocer a las mujeres rurales crianceras en el marco del Mes de la Mujer.
ARTICULO 2°: Establecer cada año en el Día Internacional de la Mujer, el reconocimiento aludido en el Artículo 1° e incorporar a la Agenda Cultural del Departamento Ejecutivo.
ARTICULO 3: Elevar copia de la presente pieza legal a Área de la Mujer, Dirección de Cultura, Uniones Vecinales de la zona urbana y rural y ONG vinculadas con esta resolución.
ARTICULO 4°: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A SEIS DÍAS DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTE.