Gacetillas, Legislación, Prensa, Resoluciones

RESOLUCIÓN N° 166/2.020

Pulicado el
por

AUTORES: CONCEJALES SILVIA CORREA, DANIELA FAVARI Y JOSE BARRO

BLOQUE FRENTE DE TODOS

VISTO: El Expte. N° 4.823-HC-022-2.020. Bloque Frente de Todos. Proyecto de           Resolución: Adhesión a Ley Provincial N° 5.131 Día del Padre Mendocino.

Que a través de la Ley Provincial N° 5.131, se establece  el 24 de agosto como    Día del Padre en Mendoza, en referencia al nacimiento de Mercedes Tomasa  en     1.816, hija de José de San Martín.

y;

CONSIDERANDO: Que dicha Ley  hace  referencia al nacimiento de  Merceditas San   Martín, hija del General  Don José Francisco  de San Martín.

Que en el Departamento de Malargüe, en el mes de agosto  se está  celebrando el mes             Sanmartiniano.

Que las máximas de José Francisco de San Martín son de un valor  moral            incalculable no solo para quien  fuera  su  hija, sino para toda la sociedad.

Que el amor a la Patria que el héroe de América inculcó en su hija es un legado  invaluable para toda  América y el  mundo.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

RESUELVE

ARTICULO 1°: Adherir  en todos sus términos a la Ley Provincial  N° 5.131, “Día del Padre en Mendoza”.

ARTICULO 2°: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal  incorpore a partir del    año 2.021, en el Programa “Malargüe Tierra Sanmartiniana”, el otorgamiento  de la           mención “Padre Sanmartiniano”, a una persona de reconocida trayectoria  en nuestro   Departamento  sobre la puesta en valor  de la figura de José de San Martín, su       vida, sus gestas patrióticas, etc., debiéndose  hacer  partícipe  a Instituciones             Educativas y Culturales de nuestro medio  para la elección de la persona  merecedora de dicha mención.

ARTICULO 3°: Hacer entrega durante el presente año, el reconocimiento  en Sesión      Ordinaria, al Sr. Miguel Herrera, por su labor y trayectoria en carácter  de   Presidente de la Asociación Sanmartiniana de Malargüe.

ARTICULO 4°: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, la reglamentación necesaria     a los fines de  establecer las condiciones  y procedimientos  para llevarse a cabo a         partir  del año 2.021 el concurso  público de acuerdo  al Artículo 2°.

ARTICULO 5°: Elevar copia de la presente pieza legal a Dirección de Cultura , Subdelegación de Dirección General de Escuelas Malargüe y Asociación            Sanmartiniana  de Malargüe.

ARTICULO 6°: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las   actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTE DÍAS DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTE.