AUTORES: CONCEJALES SILVIA CORREA, DANIELA FAVARI Y JOSE BARRO
VISTO: El Expte. N° 4.823-HC-022-2.020. Bloque Frente de Todos. Proyecto de Resolución: Adhesión a Ley Provincial N° 5.131 Día del Padre Mendocino.
Que a través de la Ley Provincial N° 5.131, se establece el 24 de agosto como Día del Padre en Mendoza, en referencia al nacimiento de Mercedes Tomasa en 1.816, hija de José de San Martín.
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CONSIDERANDO: Que dicha Ley hace referencia al nacimiento de Merceditas San Martín, hija del General Don José Francisco de San Martín.
Que en el Departamento de Malargüe, en el mes de agosto se está celebrando el mes Sanmartiniano.
Que las máximas de José Francisco de San Martín son de un valor moral incalculable no solo para quien fuera su hija, sino para toda la sociedad.
Que el amor a la Patria que el héroe de América inculcó en su hija es un legado invaluable para toda América y el mundo.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTICULO 1°: Adherir en todos sus términos a la Ley Provincial N° 5.131, “Día del Padre en Mendoza”.
ARTICULO 2°: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal incorpore a partir del año 2.021, en el Programa “Malargüe Tierra Sanmartiniana”, el otorgamiento de la mención “Padre Sanmartiniano”, a una persona de reconocida trayectoria en nuestro Departamento sobre la puesta en valor de la figura de José de San Martín, su vida, sus gestas patrióticas, etc., debiéndose hacer partícipe a Instituciones Educativas y Culturales de nuestro medio para la elección de la persona merecedora de dicha mención.
ARTICULO 3°: Hacer entrega durante el presente año, el reconocimiento en Sesión Ordinaria, al Sr. Miguel Herrera, por su labor y trayectoria en carácter de Presidente de la Asociación Sanmartiniana de Malargüe.
ARTICULO 4°: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, la reglamentación necesaria a los fines de establecer las condiciones y procedimientos para llevarse a cabo a partir del año 2.021 el concurso público de acuerdo al Artículo 2°.
ARTICULO 5°: Elevar copia de la presente pieza legal a Dirección de Cultura , Subdelegación de Dirección General de Escuelas Malargüe y Asociación Sanmartiniana de Malargüe.
ARTICULO 6°: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTE DÍAS DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTE.