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RESOLUCIÓN N° 193/2.020

Pulicado el
por

AUTOR: CONCEJAL GABRIEL ROSAS

BLOQUE FRENTE CAMBIA MENDOZA

VISTO: El contenido del Expediente N° 4.783 HC 020 – 2.020. Bloque Cambia Mendoza. Proyecto de Resolución: Solicitar al Departamento Ejecutivo la construcción de garitas/refugios en los senderos utilizados para las prácticas deportivas.

La necesidad de la construcción de garitas/refugios para nuestros deportistas teniendo conocimiento que no existe nada, ni señal de celular más allá del Pequenco. por posible contingencia climática.

Y;

CONSIDERANDO: Que como prueba piloto para otros futuros senderos se prioriza la zona de las Canteras, Matamala, Las Coloradas, Pequenco, Tiro Federal.

Que es de suma importancia que dichos refugios sean utilizados de punto de encuentro y resguardo ante posibles contingencias climáticas o en caso de accidente.

Que es necesario se tenga en cuenta una radio S.O.S, que conecte directamente con la Policía y el Hospital siendo así mucho más ágil, una posible evacuación.

Que se contempla contenga un botiquín de primeros auxilios y agua.

Que los senderos deben ser señalizados con colores acordes que muestren el grado de dificultad que presentan.

Que en las entradas a los circuitos debe existir un cartel o letrero donde muestre la cantidad de kilómetros que posee dicho sendero y su grado de dificultad.

Que se tome en cuenta a los deportistas para colocar los nombres a los senderos ya que son ellos quienes transitan periódicamente el lugar.

Que dichos senderos sean considerados como atractivos turísticos y sean incorporados en los mapas turísticos.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGUE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS.

RESUELVE

ARTÍCULO 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo a través del área que corresponda, la construcción de garitas/refugios en los senderos que se utilizan para realizar diferentes deportes tales como: mountain bike, trekking, moto, etc., y que podrán ser utilizados como miradores turísticos.

ARTÍCULO 2°: Establecer que cada garita/refugio, debe contener un botiquín de primeros auxilios, una radio S.O.S y agua.

ARTÍCULO 3°: Ubicar carteles a la entrada de los senderos mostrando la cantidad de kilómetros y el grado de dificultad.

ARTÍCULO 4°: Establecer que los carteles deberán ser confeccionados por el micro emprendimientos de la Incubadora (llamar a convocatoria entre artistas malargüinos)

ARTÍCULO 5°: Elevar copia de la presente pieza legal a la Dirección de Deporte y Dirección de Turismo, para que tome conocimiento.

ARTÍCULO 6º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A TRES DÍAS DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTE.