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RESOLUCIÓN N° 246/2.020

Pulicado el
por

AUTORES: CONCEJALES DAIANA VARAS, PAOLA ROJO, LUCIANA VILLEGAS Y MARTIN PALMA

BLOQUE FRENTE CAMBIA MENDOZA

VISTO: El contenido del Expte. N° 4.830-HC-023-2.020.Bloque Frente Cambia  Mendoza.   Proyecto de Resolución:  Reasignar  la partida destinada a becas del Honorable   Concejo Deliberante de Malargüe, consignada en la Resolución N° 094/2.020.

La situación de pandemia que se afronta en la actualidad y la crisis económica que  enfrenta el municipio local.

y;

CONSIDERANDO: Que los concejales observamos que, históricamente, el otorgamiento  de becas ha sido utilizado como una herramienta política cuya entrega por lo tanto  es arbitraria y muchas veces responde a intereses que distan de los ideales.

Que el Departamento Ejecutivo Municipal asiste a una gran cantidad de familias en  situación de vulnerabilidad a través de la Dirección de Desarrollo Social, cuyo    proceso, se realiza a través de la confección de carpetas sociales, asegura que    sean las familias con mayores necesidades las que accedan a estas ayudas.

Que en el marco de la pandemia que estamos atravesando es preciso asegurar que  los recursos disponibles, que son escasos y limitados, aseguren una mejor calidad   de vida a las familias que se encuentran en condiciones más desfavorables.

Que el Departamento Ejecutivo Municipal, desde el mes de marzo, con Partidas del Presupuesto municipal y aportes de funcionarios y concejales del bloque  oficialista,   ha estado reforzando al sistema de salud local, ha aportado alimentos en los    barrios de la periferia con la colaboración del Ejército Argentino, ha atendido  situaciones de emergencia relacionadas con la pandemia, por lo que consideramos que esta partida del Concejo será utilizada a conciencia.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS.

RESUELVE

ARTICULO 1º: Que el Honorable Concejo Deliberante reasigne los recursos previstos en el Presupuesto del año 2020 para Incentivos Educativos y Subsidios/Subvenciones a organizaciones civiles, equivalente a pesos cuatro millones trescientos mil         ($4.300.000) -Item ayuda social directa, inciso 1, folio Nº 20 del Presupuesto    General de Gastos- a fin de que los mismos sean utilizados por el Departamento Ejecutivo Municipal para reforzar la partida presupuestaria de la Dirección de  Desarrollo Social, asegurando la asistencia a las familias que se encuentran en  estado de mayor vulnerabilidad socio-económica.

ARTÍCULO 2º: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá informar por escrito al  Honorable Concejo Deliberante sobre el destino específico de la partida   mencionada, la cual tendrá como destinatarios exclusivos a familias que posean  carpeta social.

ARTÍCULO 3°:Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las  actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTICUATRO DÍAS DE SETIEMBRE DE DOS MIL VEINTE