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RESOLUCIÓN N° 278/2.020

Pulicado el
por

AUTORES: CONCEJALES JOSE BARRO, ANDRES RISI, DANIELA FAVARI, PAOLA JOFRE Y SILVIA CORREA

BLOQUE FRENTE DE TODOS

VISTO: El contenido del Expediente N° 4.821-HC-022-2.020. Bloque Frente de Todos. Proyecto de Resolución: Pedido de informe sobre estado de revista de agentes municipales en distintas áreas”

El Estado debe garantizar la igualdad de oportunidades en el ascenso y desarrollo           de la carrera de los agentes municipales.

Y;

CONSIDERANDO: Que la igualdad de oportunidades es un modo de concebir la justicia           social, y que un sistema socialmente justo es cuando todas las personas tienen   potencialmente las mismas posibilidades de acceder al bienestar y poseen los       mismos derechos políticos y civiles.

Que la discriminación en el empleo y la ocupación es un fenómeno universal y en           permanente evolución y no simplemente por razones basadas en su sexo, color de       piel, etnia o creencias, sino también por su simpatía política, sin tener en cuenta sus       capacidades y sus calificaciones.

Que la nueva gestión municipal se ha propuesto que aquellos agentes municipales que    quieran progresar en su trabajo y acceder a recategorizaciones deberán realizar     carrera del Empleado Municipal.

Que la capacitación es una herramienta fundamental para acompañar procesos de            cambio y desarrollo integral de las personas, instituciones y la sociedad toda, aunque          en la planta municipal existen agentes  con competencias, aptitudes e idoneidad que         lo califican  para llevar adelante determinadas actividades y entender en distintas    materias referidas al trabajo municipal.

Que desde la gestión municipal actual se quiere profesionalizar la administración            pública municipal, creando una carrera para el empleado y para ello no debe caer en        prácticas políticas que  excluyan a ciertas personas o grupos de personas por dar    preferencia a características sin relación con su idoneidad para la tarea a cumplir      tomando decisiones o implementando normas o prácticas aparentemente neutras, pero   que  tienen efectos perjudiciales en uno o más colectivos, sin justificación alguna.

Que muchos empleados municipales han hecho carrera en distintas áreas,            transmitiendo confianza a la hora de desempeñar sus responsabilidades y han sido          removidos de su cargo, en el mismo sector, o han sido trasladados a otras            dependencias municipales.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

RESUELVE

ARTÍCULO 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal informe sobre:

  • Nómina de agentes con pase a planta permanente.
  • Nómina de agentes con pase entre distintas áreas del municipio.
  • Nómina de agentes adscriptos a distintas reparticiones del Estado Provincial,  Nacional y Organizaciones Civiles.
  • Nómina de agentes a los que se les retiró el ítem 80, 50 y otros adicionales que afectaron  sus responsabilidades diarias y su remuneración mensual.

ARTÍCULO 2° Requerir al Departamento Ejecutivo Municipal se contemple y respete la           carrera de los agentes municipales dentro de las distintas áreas, manteniendo su lugar    de trabajo, personal a cargo y remuneración mensual.

ARTÍCULO 3°: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones             correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A UN DÍA DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTE