AUTORES: CONCEJALES JOSE BARRO, ANDRES RISI, PAOLA JOFRE, DANIELA FAVARI Y SILVIA CORREA
VISTO: El contenido del Expte. N° 4.856-HC-025-2.020.Bloque Frente de Todos. Proyecto de Resolución: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal el cumplimiento de la Ordenanza N° 2.028/2.020 de Emergencia Sanitaria, Económica, Social y Financiera del 18 de marzdel presente año.
El incumplimiento de los deberes del Departamento Ejecutivo en la remisión de la documentación necesaria para que el Departamento Legislativo cumpla con una de sus funciones fundamentales.
y;
CONSIDERANDO: Que la Ley Orgánica de la Municipalidades Nº 1.079, establece que el Departamento Deliberativo Municipal está facultado y obligado a ejercer un eficaz control de todo lo que concierne a la administración municipal.
Que existe la Ordenanza Nº 2.028/2.020 emanada por este cuerpo donde se declara la Emergencia Sanitaria, Económica, Social y Financiera.
Que la citada norma establece en su artículo segundo que el Departamento Ejecutivo debe remitir trimestralmente un informe detallado de la adopción y aplicación de políticas públicas en el contexto de la pandemia por COVID-19.
Que vencido el plazo de elevación de la documentación pertinente y no habiéndose recibido ni el primer ni el segundo informe para la evaluación correspondiente,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGUE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo remita el informe detallado de la adopción y aplicación de políticas públicas en el marco de la Emergencia Sanitaria, Económica, Social y Financiera en un todo de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 2.028/2.020.
ARTICULO 2º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A OCHO DÍAS DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTE