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DECRETO Nº 073/2020

Pulicado el
por

VISTO: El aumento de contagios y la frágil  situación sanitaria departamental y a fin de prevenir contagios, disminuyendo la circulación de personas en el edificio del Honorable Concejo Deliberante.

y;

CONSIDERANDO: Que atento a la situación de casos positivos en el Departamento amerita continuar con la modalidad aprobada por unanimidad en este Honorable Concejo Deliberante (Decreto 071/2020;  072/2020)

Que  a través del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20 se estableció una medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio, que fue prorrogada sucesivamente por Decretos de Necesidad y Urgencia hasta el día de la fecha inclusive (Decreto Municipal N° 1023/2020).

Que en concordancia con las diferentes instituciones, se han ido adoptando medidas preventivas, bregando incansablemente en la lucha por la contención de esta pandemia mundial,

Que  debemos velar por el bienestar de cada persona que forma parte de este Concejo, teniendo en cuenta que es prioritaria la salud, y que está aprobada por los Decretos antes mencionados la funcionalidad y garantizada la actividad mínima necesaria para cumplir con nuestra labor Legislativa.

Que  atento a que algunos integrantes de la Institución, han tenido contacto estrecho con casos positivos o familiares con Covid -19, y como forma de evitar la circulación del virus. Se adoptan medidas acordes a la situación sanitaria.

 

EL HONORABLE CONCEJO  DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

DECRETA

ARTÍCULO 1º: DISPÉNSESE al personal Administrativo y operativo de concurrir a su lugar de trabajo, los días martes 20, miércoles 21, jueves 22, y viernes 23 de octubre de 2020; salvo notificación contraria por autoridad responsable y/o jerárquica competente.

ARTÍCULO 2º: ESTABLEZCASE la convocatoria de asistencia sólo a trabajadores esenciales del ámbito legislativos a fin de garantizar la funcionalidad mínima de esta Institución.

ARTÍCULO 3°: DISPONGASE la recepción de documentación, proyectos, peticiones, etc., en presidencia del Honorable Concejo Deliberante,  en horario de 9hs – 13hs, en los días indicados en el Artículo 1°.

ARTÍCULO 4º: TOMEN conocimiento, Secretaria Honorable Concejo Deliberante y ediles que conforman este Honorable Cuerpo.

ARTICULO 5°:Comunìquese, agréguese  copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE  A VEINTE DÍAS DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTE