AUTORA: CONCEJAL PAOLA ROJO
VISTO: El contenido del Expediente N° 4.889 HC 027 – 2.020. Bloque Frente Cambia Mendoza. Proyecto de Resolución: Declarar de Interés Departamental Educativo y Cultural, el VIII Congreso Nacional de Discapacidad “Discapacidad, Crisis y Perspectiva de Derecho”.
Que la discapacidad, es toda restricción o ausencia (debida a una deficiencia) de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para cualquier ser humano.
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CONSIDERANDO: Que la discapacidad se caracteriza por insuficiencias o excesos en el desempeño y comportamiento en una actividad rutinaria, que pueden ser temporales o permanentes, reversibles o irreversibles y progresivos o regresivos. Se clasifican en nueve grupos: de la conducta, de la comunicación, del cuidado personal, de la locomoción, de la disposición del cuerpo, de la destreza, de situación, de una determinada aptitud y otras restricciones de la actividad.
Que la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por la ONU en 2006, define de manera genérica a quien posee una o más discapacidades como persona con discapacidad. En ciertos ámbitos, términos como «discapacitados», «ciegos», «sordos», etcétera, aun empleándose correctamente, pueden considerarse despectivos o peyorativos, ya que para algunas personas dichos términos «etiquetan» a quien padece la discapacidad, lo cual interpretan como una forma de discriminación. En esos casos, para evitar conflictos de tipo semántico, se usan a veces las expresiones «personas con diversidad funcional» o «personas con discapacidad»
Que la discapacidad está definida como el resultado de una compleja relación entre la condición de salud de una persona y sus factores personales, y los factores externos que representan las circunstancias en las que vive esa persona. A causa de esta relación, los distintos ambientes pueden tener efectos distintos en un individuo con una condición de salud. Un entorno con barreras, o sin facilitadores, restringirá el desempeño/realización del individuo; mientras que otros entornos que sean más facilitadores pueden incrementarlo. La sociedad puede dificultar el desempeño/ realización de un individuo tanto porque cree barreras (ej. edificios inaccesibles) o porque no proporcione elementos facilitadores (ej. baja disponibilidad de dispositivos de ayuda).
Que la actualidad nos hace replantearnos un nuevo paradigma para el abordaje a las personas con discapacidad, desde su nacimiento y durante todas las etapas de su vida.
Que esto debe ser tomado desde diversas miradas, que nos permitan acompañar y re-pensar la labor a ejercer, y así revertir la fragmentación que obstaculiza la comprensión de la pluralidad y complejidad de las dimensiones de la realidad.
Que sobre las bases de una modalidad vincular; la valoración, la inclusión y el respeto a lo diverso, donde la transferencia pueda sostenerse sin dejar de pensar que esa persona tiene una historia que lo atraviesa y una familia que acompaña el proceso.
Que por ello es necesario, abrir instancias de diálogos y debate sobre lo que significa intimidar las consecuencias y las responsabilidades, espacio que se brindará, los días 06 y 07 de noviembre, del corriente año.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTÍCULO 1°: Declarar de Interés Departamental Educativo y Cultural, el VIII Congreso Nacional de Discapacidad “Discapacidad, Crisis y Perspectiva de Derecho.”
ARTÍCULO 2°: Generar durante los días 6 y 7 de noviembre, un espacio que permita, reflexionar, flexibilizar y compartir experiencias significativas para el abordaje de la discapacidad.
ARTÍCULO 3°: Repensar los siguientes temas:
- 30 años del Servicio de Detección, Seguimiento y Estimulación precoz, acompañando el desarrollo infantil
- Cuidando el desarrollo en los primeros años.
- Genética Médica.
- El protagonismo de la familia en la atención temprana
- Había una vez… un camaleón, un lince y un elefante.
- Discapacidad intelectual entre salud mental y educación
- Aportes desde en campo del Psicoanálisis.
- Bullying, Discapacidad y falsas profecías del fracaso.
- Evolución del concepto de Discapacidad a lo largo de la historia de la civilización. Modelo de la prescindencia. Modelo rehabilitador. Modelo social. Actualidad.
- Cuidarse para cuidar.
- Los alcances y competencias músico terapéuticas con personas con discapacidad en contexto de crisis y desde una perspectiva de derechos.
- La patologización y medicalización de los malestares infantiles actuales y sus derechos en juego.
ARTÍCULO 4°: Sincronizar dicho evento de forma virtual, con una duración de 12 hs, el mismo está dirigido a Docentes, Personal de salud y Público en general. Se Anexa nómina de disertantes e itinerario de actividades.
ARTÍCULO 5°: Reconocer bajo la modalidad coherente ante esta situación de pandemia; a los siguientes referentes; por su compromiso, labor ante la discapacidad, valorando la búsqueda de impulsar la formación de una Junta Certificadora y la apertura del servicio de Rehabilitación:
- Sra, Aluch Silvia; quien desde el año 2005 hasta la actualidad, asiste las necesidades de las personas con Discapacidad.
- Castro Martin Josue; MP126. Licenciado en Kinesiología y Fisioterapia otorgado por la U.N.C. (Universidad Nacional de Córdoba), Quiropractor, otorgado por la AQA (Asociación Quiropráctica Argentina), Auditor Kinesisiatrico, otorgado por la UBA (Universidad de Buenos Aires)
- Livadiotti Leonor Yolanda; MP 002847 Medica Cirujana con especialidad en Pediatría, quien en la actualidad se desempeña Ad Honorem.
ARTÍCULO 6°: Enviar copia de la presente pieza legal a:
- Legisladoras Provinciales por el Cuarto Distrito
- Dirección de Desarrollo Social – Municipalidad de Malargüe.
- Dirección General de Escuelas – Delegación Malargüe
- Dirección Superior de Educación Especial
- Sra, Aluch Silvia
- Lic. Castro Martin Josue.
- Dra. Livadiotti Leonor Yolanda
ARTÍCULO 7°: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A CINCO DÍAS DE NOVIEMBRE
DE DOS MIL VEINTE