Legislación, Ordenanzas Municipales, Prensa

ORDENANZA N° 2.062/2.020

Pulicado el
por

VISTO: El contenido del Expte. N° 3.677/2020-0. Dirección de Recursos Humanos, eleva Proyecto de modificación de Ordenanza N° 1.551/2.011. “Salud para mi Familia”.

La necesidad de actualizar los montos autorizados por la Ordenanza N°    1.551/2.011.

y;

CONSIDERANDO: Que con fecha 11 de agosto de 2.011, se sancionó la Ordenanza      “Línea de Préstamos Sociales “Salud para mi Familia”, ello mediante el N°        1.551/2.011.

Que el objetivo de la misma, es un  Programa de Protección Financiera destinado a Empleados Municipales, que debido a una enfermedad propia o de un familiar directo requieren  asistencia  financiera.

Que el  paso del tiempo ha llevado a que los montos determinados en la misma   queden  desactualizados, lo que lleva a la Ordenanza a perder el espíritu inicial de            poder dar una solución al empleado municipal que esté atravesando  por un    momento complicado en lo que a salud refiere.

Que es  menester establecer un sistema de actualización automático, ello a los fines de evitar  el dispendio administrativo que implica la modificación de una Ordenanza, pero  manteniendo  incólume el espíritu de este Municipio de asistir a cualquier Empleado Municipal que atraviese un momento personal que así lo requiera.

Que en este orden de ideas establecer como monto máximo los correspondientes a la  asignación de una Clase H- 12, que es en la actualidad PESOS DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UNO ($ 18.671), brindaría una solución de acá a futuro.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTICULO 1°: Modifíquese el Artículo 3°, punto III de la Ordenanza N° 1.551/2.011, el que quedará  redactado de la siguiente manera: “Los créditos podrán alcanzar, desde la  suma de PESOS UN MIL ($ 1.000), hasta la suma correspondiente a la asignación básica de los haberes correspondientes a un empleado categoría H-12 por beneficiario, según  decisión del Departamento Ejecutivo, los créditos  se otorgarán en cuotas.

ARTICULO 2º: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A CINCO DÍAS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTE.