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ORDENANZA N° 2.063/2.020

Pulicado el
por

AUTORES: CONCEJALES JOSE BARRO Y ANDRES RISI

BLOQUE FRENTE DE TODOS

VISTO: El contenido del Expediente N° 4.835 HC 023 – 2.020. Bloque Frente de Todos. Proyecto de Ordenanza: Relevamiento, erradicación, forestación y mantenimiento de árboles en puestos y parajes de la zona rural.

La necesidad de evitar accidentes producidos por la caída de álamos secos y/o ramas en puestos, con el fin de preservar la integridad física de los pobladores de la zona rural.

Y;

CONSIDERANDO: Que en nuestro departamento se desarrollan a lo largo de todo el año vientos promedios de entre 20 y 30 km/h y en ocasiones con ráfagas de hasta 90 km/h.

Que en numerosas oportunidades el Estado Municipal ha tenido que acudir y socorrer  a distintos lugares de zona rural  por siniestros ocurridos por caída de árboles.

Que el arbolado en la zona rural posee características peculiares que exigen un análisis detenido ya que  ofrecen múltiples beneficios sanitarios y ambientales que contribuyen a mejorar la calidad de vida, pero a su vez, potencialidad suficiente para generar peligro o daños en bienes y/o personas.

Que es preciso obrar en consecuencia.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTICULO 1°: Créase en el ámbito del Departamento  Ejecutivo Municipal, a través de           las Áreas que corresponda, el Programa: “Relevamiento, erradicación, forestación y      mantenimiento de árboles en puestos y Parajes de la zona rural”.

ARTICULO 2°: Establézcase  como objetivos fundamentales  del Programa:

  • Realizar un relevamiento de cantidad y especie de forestales en la zona rural.
  • Establecer un listado de forestales de las mejores especies forestales de acuerdo al lugar y función.
  • Efectuar tareas de erradicación, tala, poda, rebaje, desborde, renovación, limpieza y mantenimiento del arbolado.

ARTICULO 3°: Aféctese  a las Partidas del Presupuesto vigente los gastos que demanden la      creación  y puesta en funcionamiento del Programa, objeto de la presente norma.

ARTICULO 4°: Elévese copia de la presente pieza legal a la Dirección de Recursos Naturales Delegación Malargüe.

ARTICULO 5º: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A CINCO DÍAS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTE.