AUTORES: CONCEJALES JOSE BARRO, ANDRES RISI , PAOLA JOFRE, DANIELA FAVARI Y SILVIA CORREA
VISTO: El contenido del Expediente N° 4.868 HC 026 – 2.020. Bloque Frente de Todos. Proyecto de Resolución: Solicitar al Departamento Ejecutivo informe sobre la metodología en la elaboración del Plan de Ordenamiento Territorial.
El descontento de ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil generado por la audiencia pública pactada para el 7 de septiembre y reprogramada para el 14 de octubre del corriente año respecto de la presentación del Plan de Ordenamiento Territorial y Usos del Suelo en el marco las Ley Provincial Nº 8.051.
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CONSIDERANDO: Que la Ley N° 8.051 es de orden público, quedando sujetas a sus prescripciones todas las personas privadas, físicas y jurídicas, y las públicas, estatales o no y se funda en el cumplimiento de las normas Constitucionales de la Nación y de la Provincia, en los tratados Internacionales suscriptos por la República Argentina y en las Leyes Nacionales y Provinciales vinculadas a la materia.
Que la citada norma provincial establece que los planes de Ordenamiento Territorial Municipales y sus modificaciones serán aprobados por Ordenanza, previa convocatoria a Audiencia Pública.
Que el Plan de Ordenamiento Territorial es un proceso técnico administrativo de toma de decisiones concertadas con la ciudadanía, de protagonistas económicos, políticos y técnicos para la ocupación ordenada y uso sostenible del territorio, y debe entenderse como Política de Estado, tanto a nivel provincial como departamental,
Que el territorio es una construcción social, pero no todos los actores sociales lo valoran de la misma manera, ni tienen la misma capacidad de influir en su desarrollo,
Que, el proceso de creación y aprobación del ordenamiento territorial debe permitir y facilitar la expresión equilibrada de los diferentes actores, procurando que las aspiraciones, necesidades e intereses de los sectores más desprotegidos resulten reflejados en el plan,
Que el plan de ordenamiento territorial consta de dos partes fundamentales desde el punto de vista metodológico, el de Formulación y de Implementación, que se complementan y retroalimentan de manera constante y donde la participación de los distintos sectores de la sociedad local (vecinos, productores, empresarios, ONG, colegios, universidades, etc.), así como también representantes del sector político (funcionarios públicos y concejales), son una condición imprescindible.
Que la programación de la audiencia pública generó un descontento por desconocimiento en la implementación de las distintas etapas que deben cumplirse para la elaboración del plan de ordenamiento territorial y uso del suelo según Ley Provincial N° 8.052 que marcarán el desarrollo de las futuras generaciones
Que por lo expuesto, es necesario obrar en consecuencia.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGUE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo remita a este Honorable Concejo Deliberante los informes que respalden la participación de la ciudadanía, de protagonistas económicos, políticos, técnicos y civiles en respecto a la presentación del Plan de Ordenamiento Territorial, a saber en:
- La formalización de convenios y acuerdos con las instituciones y actores sociales públicos y privados que apoyen y participen activamente en el trabajo de elaboración del plan.
- La constitución del equipo técnico que participó y garantizó la participación en todo momento y de todos los actores, definiendo objetivos, actividades, productos, indicadores de desempeño y cronogramas de trabajo, objetivos a cumplir, etc.
- El diseño de la estrategia de comunicación y sociabilización del proceso para que pueda ser conocido e internalizado, no sólo en las políticas municipales, sino también en las instituciones y en la comunidad en su conjunto.
- La elaboración del diagnóstico con la recolección, sistematización y análisis de información de orientar la toma de decisiones para el desarrollo del plan, tanto en base a sus potencialidades y limitaciones, como así también, la identificación de aquellos procesos críticos que influyen en el territorio.
- La recopilación del conocimiento relacionado con el futuro y construcción de visiones a mediano y largo plazo, con el objetivo de orientar las decisiones que han de tomarse en el presente y movilizar acciones conjuntas para construir el futuro deseado.
- La existencia y recopilación de informes técnicos de organismos provinciales y nacionales que tienen competencia en el departamento.
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A CINCO DÍAS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTE.