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ORDENANZA N° 2.068/2.020

Pulicado el
por

AUTORAS: CONCEJALES DAIANA VARAS Y LUCIANA VILLEGAS

BLOQUE FRENTE CAMBIA MENDOZA

VISTO: El contenido del Expediente N° 4.847-HC-024-2.020. Bloque Frente Cambia Mendoza. Proyecto de Ordenanza: Crear la Oficina Diversidad  en el ámbito de la Secretaría General de la Municipalidad de Malargüe.

La necesidad de generar un espacio dentro del municipio destinado a atender las necesidades de los miembros de la comunidad LGBTIQ.

Y;

CONSIDERANDO: Que en una sociedad igualitaria y plural todos deberíamos tener el mismo derecho a ser respetados y a expresar nuestra orientación sexual e identidad de género, lo cual aún en la actualidad es una materia pendiente.

Que para lograr este estado de igualdad y pluralidad es preciso modificar creencias y actitudes que pueden no tener en cuenta a la diversidad y, por lo tanto, reproducen contantemente modelos de desigualdad o de discriminación.

Que la República Argentina ha sido pionera en reconocer y resguardar los Derechos de las personas del colectivo LGBTIQ, a través de la Ley de Matrimonio Igualitario N° 26.618 sancionada en 2.010 y la Ley de Identidad de Género N° 26.743, sancionada en 2012 y como municipio debemos garantizar su cumplimiento.

Que la Nación y la Provincia tienen programas específicos para asistir a los integrantes del colectivo que se encuentren en condiciones de vulnerabilidad socio-económica, los cuales para llegar a sus destinatarios precisan de la existencia de un área u oficina municipal dedicada a esta función.

Que en nuestro territorio departamental existen ciudadanos que necesitan de la implementación de todas las políticas públicas que los acompañen y respeten en sus decisiones de vida, resguarden sus derechos y garanticen su inclusión.

Que como legisladores y funcionarios, tenemos la obligación de representar especialmente los intereses de las minorías, históricamente relegadas.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS.

ORDENA

ARTICULO 1°: Créase  en el ámbito  de la Dirección de la Secretaría  General de la Municipalidad de Malargüe, la Oficina de  Diversidad con el  objetivo de:

  • Promover la igualdad  y no discriminación hacia  las personas  debido a su  orientación sexual o  identidad de género.
  • Garantizar la inclusión  de los miembros  de la comunidad  LGBTIQ dentro  de las políticas públicas, así como el acceso  a todos los derechos  garantizados por la Constitución Nacional  y Provincial.
  • Visibilizar y propiciar la igualdad y respeto a la dignidad de las personas LGBTIQ.
  • Identificar y combatir las prácticas discriminatorias, a través de la educación y sensibilización de la comunidad.
  • Promover la difusión de información precisa, clara, con fundamentación científica que permita derribar mitos  y perjuicios en relación a la orientación sexual y/o expresión de género.
  • Realizar trabajo en terreno referido a las temáticas: Violencias, diversidad, género, adicciones, derechos, etc..
  • Contribuir al fortalecimiento de los organismos que trabajan  la temática específica y promover  la articulación entre la sociedad  civil y el estado municipal, coordinando eventos, conmemoraciones y una agenda de actividades vinculadas a la temática.

ARTÍCULO 2º: Selecciónese ae referente y/o responsable de la mencionada Oficina por los Ediles del Honorable Cuerpo, basados en una terna elevada por el Departamento Ejecutivo Municipal, teniendo en cuenta sus capacidades, formación y representatividad del colectivo LGBTIQ.

ARTÍCULO 3º: Determínese que el referente de la mencionada Oficina, estará a cargo de la misma solo hasta el final de la gestión, de quien ocupe la administración del Departamento Ejecutivo, (máximo 4 años), en la que fuera nombrado, sin excepción; pudiendo volver a concursar el puesto como aspirante en el/los periodos/s siguiente/s.

ARTÍCULO 4º: Elévese copia de la presente pieza legal a las Licenciadas Silvina Anfuso y Fernanda Ángeles Urquiza, Directora de Género y Diversidad y Coordinadora de Diversidad de la Provincia de Mendoza, respectivamente.

ARTICULO 5º: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

 

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A DIECINUEVE DÍAS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTE