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RESOLUCIÓN N° 370/2020

Pulicado el
por

AUTORA: CONCEJAL DAIANA VARAS

BLOQUE FRENTE CAMBIA MENDOZA

VISTO: El contenido del Expte. N° 4.807-HC-021-2.020. Bloque Frente Cambia Mendoza.  Proyecto de Resolución: Constitución de comisión para  selección de Obras del Programa de Fomento, Apoyo y Fortalecimiento de los Escritores Malargüinos.

Que la Resolución N° 215/2019 del Honorable Concejo Deliberante creó el  “Programa de Fomento, Apoyo y Fortalecimiento de los Escritores Malargüinos”

y;

CONSIDERANDO: Que el proceso de selección del autor, obras y armado de un libro supone   un tiempo, que puede ser de varios meses.

Que es preciso iniciar a la brevedad las mencionadas tareas a fin de poder incluir en  el Presupuesto 2021 la partida correspondiente a los costos de la edición de las obras.

Que para poder avanzar en esta tarea, es indispensable conformar la comisión que la Resolución N° 215/2019 establecía.

Que dicha comisión debe establecer, previo a la elección del autor, un sistema de  selección que asegure la igualdad de oportunidades para todos los interesados.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE  DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, invite a las instituciones    correspondientes a constituir la comisión específica para la selección de las obras a    editarse durante el año 2021 a través del Programa de Fomento, Apoyo y   Fortalecimiento de los Escritores Malargüinos, creado a través de la Resolución  N° 215/2019 del Honorable Concejo Deliberante.

ARTÍCULO 2º: Crear el Fondo de afectación específica para los Escritores Malargüinos, en      los términos establecidos por el artículo 2º de la mencionada Resolución,   imputándose   en las partidas que corresponda del presupuesto 2021 de la        Municipalidad de Malargüe.

ARTÍCULO 3º: En el caso de los representantes de los Institutos de Educación Superior, especificar que los mismos deben ser Profesores de Lengua y Literatura.

ARTÍCULO 4º: La comisión tendrá la responsabilidad de redactar un reglamento en el que    queden estipuladas las condiciones para la participación de los autores locales que  aspiren a que sus publicaciones sean editadas a través de este Programa.

ARTÍCULO 5º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones             correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTISEIS DÍAS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTE