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RESOLUCIÓN N° 377/2.020

Pulicado el
por

AUTORES: CONCEJALES JOSE BARRO, ANDRES RISI , PAOLA JOFRE Y SILVIA CORREA

BLOQUE FRENTE DE TODOS

VISTO: El contenido del Expte. N° 4.867-HC-026-2.020. Bloque Frente de Todos. Proyecto de Resolución: Adjudicación de terreno para  construcción de edificio  de la Tecnicatura en Conservación de la Naturaleza Sede Malargüe dependiente del IEF 9016 Dr. Jorge Coll.

La relevancia que ha adquirido la carrera Tecnicatura Superior en Conservación de la Naturaleza en Malargüe, con proyección nacional.

y;

CONSIDERANDO: Que la Carrera “Tecnicatura Superior en Conservación de la Naturaleza” , fue instaurada en el año 2002 en Mendoza.

Que  desde el año 2008 se encuentra la Sede Malargüe sin sede propia.

Que  funciona en el Campus Educativo Municipal, ocupando un lugar que podría     servir para el comienzo de otras carreras.

Que desde hace varios años se propicia  la creación de un polo estudiantil  y esta  tecnicatura es la primer carrera que atrae a estudiantes de  diversos puntos de la Provincia ( San Rafael, General Alvear, Tupungato, Tunuyán, Lavalle etc.) y el país             (Buenos Aires, Neuquén, La Pampa, Ente Ríos, Río Negro entre otras)   a partir de          esta carrera se está creando un polo estudiantil en nuestro Departamento atrayendo a          estudiantes de todo el país que vienen a Malargüe.

Que  los estudiantes que vienen de otros departamentos de Mendoza y de otras  Provincias alquilan, se visten, comen y se capacitan aquí, consumiendo anualmente    una importante cantidad de bienes y servicios en Malargüe, aportando desde afuera un flujo de dinero que queda en nuestro Departamento.

Que  en el año 2.020 el 40% de los 120 inscriptos fueron estudiantes del exterior  de  nuestro Departamento, de Departamento de la Provincia como San Rafael, San    Carlos, General Alvear o Mendoza y  otras Provincias como Neuquén, La Pampa,            Córdoba y Buenos Aires.

Que  hasta la fecha la inscripción para el 2.021 se cuadriplicó con respecto al año  2.016 y cuenta con un 60% de estudiantes de afuera de Malargüe y un 20% de     estudiantes de los Distritos, principalmente Bardas Blancas y Agua Escondida.

Que  más de  130 Técnicos en Conservación de la Naturaleza,  egresados de esta Sede,  se desempeñan  en diversos ámbitos laborales tanto locales, Provinciales como Nacionales, tales como,  Municipalidad de Malargüe (áreas vinculadas al ambiente y   al patrimonio), en  áreas protegidas de la Provincia de Mendoza, en áreas protegidas de otras Provincias, en Parques Nacionales (Los Glaciares, Lihuel Calel, Parque Nacional Nahuel Huapi),  y otros han continuado sus estudios en carreras  relacionadas con el ambiente y la educación.

Que  se hace necesario fortalecer  con un predio propio a esta carrera, ya que Malargüe es el Departamento que cuenta  con la mayor cantidad de áreas protegidas de la   Provincia, además, cuenta  con recursos  naturales y culturales estratégicos, por  lo   que se  necesita de profesionales capacitados para su adecuada  gestión en el  corto,   mediano y largo plazo.

Que  la formación de técnicos en conservación y de otras carreras afines, favorece y   fortalece el desarrollo del modelo turístico del Departamento, basado principalmente en los valores paisajísticos y en la inmensa riqueza patrimonial natural y cultural que posee nuestro territorio, tales como, patrimonio paleontológico, arqueológico e          histórico tangible e intangible.

Que muchos guías de turismo complementan su formación realizando esta carrera.

Que  es necesario ante este crecimiento y movimiento de estudiantes que el municipio    actúe rápidamente para estar acorde con esta realidad y propiciar un movimiento    educativo, cultural y económico apoyando esta carrera y las que puedan venir a partir   de tener un edificio propio, como por ejemplo, el Profesorado de Educación Física    y/o de Guías de Montaña.

Que  actualmente existen dos  seccionales de guardaparques (La Amarga y El Cortaderal) dependientes de la Reserva La Payunia,  que no funcionan por falta de     personal.

Que muchos egresados realizan una capacitación adicional y forman parte del     personal que combate incendios en la Provincia.

Que  las áreas protegidas de Malargüe no tienen el personal suficiente para su control     y su uso público adecuado a las necesidades turísticas y económicas del      Departamento.

Que  existe la figura de Parque Municipal,  como área protegida.

Que  actualmente en el Departamento solo el Parque de Huellas de Dinosaurios cuenta   con esta categoría y que será necesario en un futuro no muy lejano el trabajo de     personal capacitado en el área.

Que  actualmente se encuentra en la Legislatura de Mendoza un proyecto para que el   IEF 9-016 Dr. Jorge Coll, cambie su categoría  a Instituto Universitario.

Que  este Instituto del que depende esta carrera, es una entidad de Educación Pública, lo que garantiza este derecho humano fundamental para todos y todas los y las   personas que elijan esta formación.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

RESUELVE

ARTICULO 1°:Solicitar al Departamento Ejecutivo  Municipal, arbitren y lleven a cabo    todos los actos administrativos útiles y necesarios a los fines de  otorgar en           adjudicación  a la Sede Malargüe del IEF  9-016 Dr. Jorge Coll,  un terreno con una        superficie no menor a una hectárea, respetando la Ordenanza de             Macrozonificación y el Plan de Ordenamiento Territorial que se encuentre  vigente a      la fecha de su adjudicación.

ARTICULO 2°: Considerar  que en dicha adjudicación, deberá establecerse los siguientes  cargos:

*La construcción  en el predio de una Sede para el dictado de clases y                                capacitaciones anexas a la carrera de contacto con la naturaleza, en el                               término de 5 años.

*Priorizar en la elaboración del proyecto  ejecutivo de la obra  el diseño                             y la utilización de materiales naturales y culturales de la región,   ecológicos, el uso de fuentes de energías renovables, tales como   eólica y/o solar para el suministro de electricidad.

ARTICULO 3°: Adjuntar a la presente Resolución, el procedimiento  administrativo a   llevarse a cabo por parte del Departamento  Ejecutivo Municipal, en los términos de   los Artículos 1° y 2°.

ARTICULO 4°: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones             correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTISEIS DÍAS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTE.