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ORDENANZA N° 2.091/2.021

Pulicado el
por

AUTORA: CONCEJAL PAOLA ROJO

BLOQUE FRENTE CAMBIA MENDOZA

VISTO: El contenido del Expediente N° 4.766-HC-019-2.020. Bloque Cambia Mendoza. Proyecto de Ordenanza: Incluir a la Dirección de Promoción y Políticas Turísticas al proceso de habilitación comercial municipal establecido en el Decreto N°1.100/2013. (Emprendimientos actividad  turística).

Que cada emprendimiento de acuerdo a su categoría, debe cumplir con una serie de condiciones para solicitar la inscripción en el Ente Provincial de Turismo, los cuales en su mayoría coinciden con los requisitos solicitados para habilitar municipalmente el proyecto.

Y;

CONSIDERANDO: Que los  emprendimientos  categorizados como turísticos de la Provincia deben adecuarse  a las diversas  resoluciones  para las prestaciones  de los servicios  turísticos  como es el caso de la Resolución de alojamientos  turísticos de la Provincia de Mendoza N° 568/07, aplicable al sector.

Que es necesario que para su correcta prestación de servicio y categorización se encuentren enmarcados en la legislación nacional, con  la inscripción correspondiente a la actividad declarada en el Ente Provincial de Turismo  y con la habilitación comercial a nivel municipal. Lo que posibilitará cumplir con la carga impositiva de acuerdo a su actividad y participar de promociones oficiales gratuitas que se realizan desde el sector gubernamental.

Que el fin es brindar a los nuevos prestadores turísticos asesoramiento legal y también facilitar mediante la misma, las inscripciones correspondientes.

Que muchos de los emprendimientos turísticos que hoy se encuentran desarrollando su actividad en nuestro Departamento cuentan solo con la correspondiente Habilitación Comercial Municipal, no así con la inscripción en el Ente Provincial de Turismo por lo que su actividad no puede ser regulada correctamente desde el área competente.

Que el trámite de inscripción en el Ente Provincial de Turismo debe iniciarse en la Dirección de Promoción y Políticas Turísticas de la Municipalidad, donde se brinda al prestador asesoramiento legal y edilicio y se realizan las derivaciones necesarias para su correcta inscripción de acuerdo al rubro las actividades  que regulen  el EMETUR y las que  pudieran  surgir en el tiempo.

Que el interesado deberá concurrir a la Dirección de Planificación y Políticas Turísticas de la Municipalidad de Malargüe a fin de recibir asesoramiento legal, edilicio según las especificaciones de cada uno y muñirse de los formularios necesarios de acuerdo al servicio turístico que prestará, para una vez  obtenida la Habilitación Comercial Municipal, dar inicio inmediatamente a la inscripción como prestador Turístico en el Ente Provincial de Turismo, estipulando como plazo máximo noventa días a partir de la Habilitación Comercial Municipal. Dicho asesoramiento deberá solicitarse luego de obtener el Certificado de Aptitud Ambiental o la Certificación Ambiental correspondiente según lo establecido en el Art.5 del Decreto Nº1100/2.013.

Que una vez asesorados legalmente los interesados deberán cumplir con la etapa de asesoramiento de prestación, mediante el cual personal calificado de la Dirección anteriormente mencionada, visitará el proyecto para brindar asesoramiento sobre aspectos edilicios y prestaciones del nuevo servicio turístico, basados en la experiencia, conocimiento profesional de nuestros agentes y las opiniones plasmadas por los usuarios en los procesos de calidad que se aplican en la Dirección.

Que esto daría como resultado la modificación del Decreto Nº 1.100/2.013, sumando un artículo específico para proyectos turísticos y sumando al Art. Nº 6 la certificación de Factibilidad Turística y entrega de formularios que se extenderá desde la Dirección de Planificación y Políticas Turísticas de la Municipalidad de Malargüe, a fin de que el interesado inicie el Expediente de Habilitación Comercial ante la Dirección de Rentas, la que extenderá finalmente el Certificado de Habitabilidad Anual.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTÍCULO 1°: Inclúyase a la Dirección de Promoción y Políticas Turísticas al proceso de Habilitación Comercial Municipal establecido en el Decreto Nº1.100/2013 para emprendimientos asociados a la actividad turística mediante Decreto Municipal, con el fin de brindar a los nuevos prestadores turísticos asesoramiento legal y facilitar la inscripción en el Ente Provincial de Turismo.

ARTÍCULO 2°: Establézcase los siguientes requisitos que debe cumplir cada emprendimiento:

  1. Alojamiento Turístico
  • Comprobante de pago de tasa retributiva Cód.787
  • Copia de habilitación comercial.
  • Fotocopia certificada del contrato social inscripto en el registro público correspondiente (si no es titular, acta de designación de autoridades y /o poder del presente)
  • Fotocopia certificada del título de propiedad o contrato de locación con sellado provincial.
  • Fotocopia de los comprobantes de Número de CUIT e Ingresos Brutos (Constancia de Inscripción en Rentas)
  • Certificado de residencia del titular o boleta de impuestos o servicios.
  • Libro de actas de inspecciones para su rubricación.
  • Copia de los planos aprobados a escala de plantas del inmueble con final de obra otorgada.
  • Fotografías del interior y exterior del inmueble.
  • Fotocopia de la presente solicitud.
  • Fotocopia del D.N.I
  • Llenar ficha de servicios confeccionada al dorso.
  • Cantidad de unidades de alojamiento: cantidad de plazas.
  • Cantidad de unidades de alojamiento para personas con discapacidad: cantidad de plazas.
  • Autorización del propietario del inmueble para la explotación de uso turístico.
  • Lista de precios para su homologación (se debe abonar el Código N° 783) para cada hoja que se presenta.
  1. Gastronomía
  • Comprobante de pago de la tasa retributiva Cód.787.
  • Copia de habilitación comercial municipal.
  • Fotocopia certificada del contrato social inscripto en el registro público correspondiente (si no es titular, acta de designación de autoridades y/o poder del presentante.)
  • Fotocopia certificada del título de propiedad o contrato de locación con sellado provincial.
  • Fotocopia de los comprobantes de Número de CUIT e Ingresos Brutos (Constancia de Inscripción en Rentas).
  • Certificado de residencia del titular o boleta de impuestos o servicios.
  • Libro de actas de inspecciones para su rubricación.
  • Lista de precios para su homologación, acompañada del pago del Cód.783
  • Fotocopia de la presente solicitud.
  • Fotocopia del D.N.I (primera y segunda hoja)
  1. PAT (Propiedad de Alquiler Temporaria)
  • Comprobante de pago correspondiente a la tasa retributiva Cód.787
  • Copia de la habilitación comercial municipal.
  • Título de propiedad, contrato de alquiler o explotación que contenga autorización para el uso como PAT, según corresponda.
  • Copia del contrato social (si corresponde).
  • Copia de las actas del directorio, asamblea y balance (si corresponde).
  • Aprobación expresa del consorcio otorgada en reunión extraordinaria citada al efecto en caso de estar sujeta al régimen de propiedad horizontal.
  • Planos de la PAT, con esquema de amoblamiento y equipamiento en planos de planta.
  • Copia del certificado de habilitación municipal.
  • Planos aprobados indicando la circulación y salidas para emergencias, con detalles de los elementos utilizados para su señalización.
  • Fotografías de la PAT: fachadas, sala de estar, habitaciones y demás dependencias.
  • Seguro de robo o incendios.
  • Seguro de responsabilidad civil.
  • Medidas de prevención para delitos contra la propiedad.
  • Cantidad de unidades de alojamiento: cantidad de plazas.
  • Certificado de cobertura médica cuando esté disponible (área protegida o similar)
  • Detalle de mobiliario y elementos de confort y servicios.
  • Sistema de registro y confirmación de reservas.
  • Domicilio para retiro y entrega de llaves, con atención al público al menos (2) dos horas.
  • Número de teléfono en el que se prestará atención durante las (24) hs.
  1. Turismo Aventura
  • Comprobante de pago de la tasa retributiva, Cód.787.
  • Copia de habilitación comercial municipal.
  • Fotocopia certificada del contrato social inscripto en el registro público correspondiente (si no es titular, acta de designación de autoridades y/o poder del presentante.
  • Fotocopia certificada del título de propiedad o contrato de locación con sellado provincial.
  • Fotocopia de los comprobantes de Número de CUIT e Ingresos Brutos (Constancia Inscripción en Rentas).
  • Certificado de residencia del titular o boleta de impuestos o servicios.
  • Libro de actas de inspecciones para su rubricación.
  • Nómina del personal profesional, idóneo y/o guías que posea.
  • Fotocopia de la presente solicitud.
  • Fotocopia del D.N.I (primera y segunda hoja)
  • Croquis y detalle de los servicios donde opera, indicando actividad y duración.
  • Copia certificada de póliza de seguro de responsabilidad civil respecto de terceros, contractual y extracontractual.
  • Convenio o contrato de cobertura médica.
  • Detalle de equipos, vehículos o medios que posea para desarrollar actividades, acompañando fotografías que lo ilustren.
  • Constancia de inscripción en la Dirección de Recursos Naturales (solo si realiza actividades en el agua).
  1. Transporte Turístico
  • Comprobante de pago de la tasa retributiva Cód.787.
  • Habilitación de licencia otorgada por la Secretaria de Turismo de la Nación.
  • Fotocopia certificada del contrato social inscripto en el registro público correspondiente (si no es titular, acta de designación de autoridades y/o poder del presentante.
  • Fotocopia de los comprobantes de Número de  CUIT  e Ingresos Brutos (Constancia de Inscripción en Rentas).
  • Certificado de residencia del titular o boleta de impuestos o servicios.
  • Fotocopia de la presente solicitud.
  • Fotocopia del D.N.I (primera y segunda hoja).
  • Detalle de equipos, vehículos o medios que posea para desarrollar actividades, acompañando fotografías que lo ilustren.
  • Contrato entre EVT y el titular del rodado por la Dirección General de Rentas.
  • Fotocopia del título del automotor y tarjeta verde.
  • Copia certificada de póliza de caución de la EVT.
  1. Turismo Rural
    1. Comprobante de pago de tasa retributiva Cód.787.
    2. Habilitación municipal de las instalaciones destinadas a los servicios a presentar.
    3. Fotocopia certificada del contrato social inscripto en el registro público correspondiente (si no es titular, acta de designación de autoridades y/o poder del presentante).
    4. Fotocopia certificada del título de propiedad o contrato de locación con sellado provincial.
    5. Fotocopia de los comprobante de Número de CUIT e Ingresos Brutos (Constancia de Inscripción en Rentas).
    6. Seguro por accidente y emergencias médicas.
    7. Presentar detalladamente los servicios que se brindan, días y horarios de atención a visitantes preestablecido, la infraestructura y el equipamiento con el que cuenta.
    8. Un mínimo de tres fotografías en formato digital en alta resolución.
    9. Fotocopia del D.N.I (primera y segunda hoja).
    10. Libro de actas de inspecciones para su rubricación.
    11. Lista de precios para su homologación, con el pago del Cód.787 (excepto en el rubro Turismo Aventura).
    12. Certificado de residencia del titular o boleta de impuestos o servicios.
    13. Fotocopia de la presente solicitud.
    14. Autorización del propietario del terreno para la explotación de uso turístico.

Requisitos Específicos:

Alojamiento Rural

  • Copia de los planos aprobados a escala de plantas del inmueble con final de obra otorgada.
  • Llenar fichas de servicios.
  • Cantidad de unidades de alojamiento: cantidad de plazas.
  • Cantidad de unidades de alojamiento para personas con discapacidad: cantidad de plazas.

Turismo Aventura

  • Copia certificada de la póliza de seguro de responsabilidad civil respecto de terceros.
  • Detalle de equipo, vehículos o medios que posea para desarrollar actividades, acompañando fotografías que lo ilustren.
  • Nómina del personal profesional, idóneo y/o guías que posea.
  • Constancia de inscripción en la Dirección de Recursos Naturales (solo si realiza)

ARTÍCULO 3°: Establézcase como Autoridad de Aplicación la Dirección de Promoción y Políticas Turísticas y en el futuro quien corresponda.

ARTICULO 4º:  Comuníquese, regístrese,  cúmplase, publíquese, agréguese  copia  de  la  presente  en  las  actuaciones correspondientes  y archívese.

DADA EN  LA  SALA  DE  SESIONES  DR.  RICARDO  BALBIN DEL  HONORABLE  CONCEJO  DELIBERANTE  DE  LA  MUNICIPALIDAD  DE  MALARGÜE  A  TRECE DÍAS  DE  MAYO DE  DOS  MIL VEINTIUNO.