AUTORES: CONCEJALES PAOLA JOFRE Y ANDRES RISI
VISTO: El Expte. N° 4.965-HC-033-2.01. Bloque Frente de Todos. Proyecto de Resolución: Solicitar a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza aprobación al Proyecto de Ley s/ Expediente 74.070, a fin de reconocer la patología Fibromialgia como enfermedad.
La necesidad de que se apruebe en la Legislatura de Mendoza el Proyecto de Ley sobre la enfermedad denominada fibromialgia,
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CONSIDERANDO: Que el 12 de mayo se celebra el Día Mundial de la Fibromialgia, del Síndrome de la Fatiga Crónica y del Síndrome de Sensibilidad Química Múltiple, una efeméride instituida e impulsada desde el año 1.993 por asociaciones de pacientes de todo el planeta con el objetivo de informar y sensibilizar a la población sobre estos síndromes de sensibilidad central y sobre la realidad y necesidades de los afectados y sus familiares.
Que la fibromialgia está reconocida por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como una enfermedad reumática y se encuentra rotulada con el código M79.7 de la Clasificación Internacional de Enfermedades, (CIE-10CM) en su última revisión. Se caracteriza por la presencia de dolor generalizado en el cuerpo, con puntos sensibles específicos como las articulaciones y los músculos. Entre los síntomas que la caracterizan a esta enfermedad, se encuentran:
a)Las localizaciones exactas del dolor se denominan puntos de sensibilidad, los cuales se encuentran en el tejido blando de la parte posterior del cuello, los hombros, el esternón, la región lumbar, las caderas, las espinillas, los codos y las rodillas.
b)El dolor se describe como profundo, que se irradia, torturante, punzante y varía de leve a severo.
Que las personas con fibromialgia tienden a despertarse con dolores y rigidez en el cuerpo. Para algunos pacientes, el dolor mejora durante el día y aumenta nuevamente durante la noche, aunque muchos pacientes con fibromialgia presentan dolor implacable durante todo el día.
Que la fatiga y los problemas con el sueño se ven en casi todos los pacientes con fibromialgia; no pueden conciliar el sueño ni permanecer dormidos y se sienten cansados cuando despiertan.
Qué además los síntomas abarcan trastornos como el síndrome del intestino irritable, dificultades de memoria y problemas para pensar claramente, entumecimiento y hormigueo en manos y pies. También suelen manifestarse palpitaciones, disminución de la tolerancia al ejercicio, estado anímico deprimido, jaquecas o migrañas tensionales, por nombrar a alguno de ellos.
Que la causa de esta enfermedad es desconocida. Algunos apuntan a que el origen tiene un detonante psicológico, pero, sólo está comprobado que los problemas psicológicos ayudan al empeoramiento de los síntomas, pero no los originan ni tampoco hay estudios que comprueben que esta enfermedad se desencadene por un traumatismo psicológico.
Que no hay límite de edad para padecerla. Suele darse más comúnmente en mujeres de 30 a 50 años (aproximadamente), pero puede darse en la niñez, adolescencia y vejez. Los hombres no están exentos, sólo que, dentro de las estadísticas, son menos frecuentes los casos, aunque cada vez haya más hombres con fibromialgia.
Que esta enfermedad no tiene cura ni tratamientos específicos, los fármacos son sólo para aliviar los síntomas que la enfermedad produce, pero no trata a la enfermedad en sí.
Que los síntomas que padecen los pacientes son dolor cuya intensidad es capaz de impedir el funcionamiento rutinario normal, alterando fuertemente su calidad de vida. En muchos casos puede llegar a ser incapacitante, pero, debido a su falta de alteraciones en los estudios clínicos, no se considera como tal y, lamentablemente, en muchos lugares del mundo, ni siquiera se la reconoce como enfermedad.
Que estas iniciativas legislativas promueven un marco regulatorio que posibilite la cobertura integral del tratamiento de la enfermedad, la rehabilitación, la concientización acerca de la enfermedad padecida, la investigación y la formación de los profesionales de la salud a fin de contar con un diagnóstico adecuado. También busca proteger a las personas que trabajan de posibles perjuicios que se pudieran ocasionar ante la requisitoria de licencias especiales o cambio de funciones en el ámbito laboral.
Que esta afección la padecen unos dos millones de argentinos, según un informe de la Asociación Civil Fibroamérica, que agrupa a personas con fibromialgia, fatiga crónica y sensibilidad química. En dicho informe quedó demostrado que la fibromialgia impide realizar las tareas diarias casi por completo a un 25% de los pacientes, en tanto que el 60% siente su capacidad disminuida en más de la mitad.
Que en la actualidad los tratamientos para estas afecciones no están incluidos en el Programa Médico Obligatorio y desde el punto vista laboral, los pacientes reciben licencias por psiquiatría y no por la enfermedad fibromialgia.
Que en la Argentina la fibromialgia aún no está considerada como una enfermedad discapacitante, por eso es tan importante contar con una ley que establezca nuestros derechos.
Que se vería con agrado incorporar al Programa Médico Obligatorio el conjunto de prestaciones básicas y esenciales para la cobertura de Síndrome de Sensibilidad Central en pacientes, lo que comprende Fibromialgia, Sensibilidad Química Múltiple, Síndrome De Fatiga Crónica y Electrohipersencibilidad.
Que el objeto de dicho proyecto es reconocer, promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con Sensibilidad Central (Fibromialgia, SFC – Síndrome de Fatiga Crónica-, SQM – Síndrome Químico Múltiple- y EHS – Electrohipersencibilidad), a fin de mejorar su calidad de vida y las de sus familias.
Que por lo expuesto, desde nuestro Departamento consideramos oportuno solicitar a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza el pronto tratamiento y aprobación del Proyecto de Ley contenido de autoría de la Senadora mandato cumplido Olga Bianchinelli, expediente 74.070 cuyo objeto es el reconocimiento como enfermedad la patología crónica denominada fibromialgia incorporada a la clasificación internacional de enfermedades por la Organización Mundial de la Salud.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGUE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTÍCULO 1°: Solicitar a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza le dé tratamiento y aprobación al Proyecto de Ley de autoría de la Senadora mandato cumplido Olga Bianchinelli, expediente 74.070, cuyo objeto es el reconocimiento como enfermedad de la patología crónica denominada fibromialgia incorporada a la clasificación internacional de enfermedades por la Organización Mundial de la Salud.
ARTÍCULO 2°: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal se efectúe una campaña de concientización y actividades a partir de la segunda quincena del mes de mayo del corriente año y durante todo el mes de mayo en los próximos, sobre el Síndrome de la Fatiga Crónica y del Síndrome de Sensibilidad Química Múltiple.
ARTÍCULO 3°: Elevar copia de la presente pieza legal a Claudia Giménez referente de la Asociación Autoconvocados Fibromialgia de Mendoza.
ARTÍCULO 4°: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGUE A TRES DÍAS DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIUNO.