VISTO: Expte. N° 2.058/2.021-0. Asesoría Letrada. Dra. Débora Ferrero. Eleva Proyecto de Ordenanza: Recuperación y Puesta en marcha del Natatorio del Club Social y Deportivo Malargüe.
Que el Club Social y Deportivo Malargüe, a través de sus miembros directivos han solicitado subsidio al municipio de Pesos seis millones con 00/100 ($ 6.000.000.00), para poder concretar la refacción del techo y puesta en marcha de la pileta climatizada, ubicada en las instalaciones del mencionado Club.
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CONSIDERANDO: Que desde el año 2.019 los miembros Directivos han gestionado y requerido la ayuda del Departamento Ejecutivo Municipal, a fin de poder gestionar los recursos necesarios para la refacción del único natatorio climatizado en el Departamento.
Que el Club Deportivo Malargüe es una institución primordial para el desarrollo de diferentes disciplinas deportivas, recreativas y terapéuticas para nuestro Departamento.
Que la asistencia del municipio es fundamental no poseyendo la Comisión Directiva del Club, otro modo a fin de obtener los recursos que se requieren a fin de solventar los graves problemas edilicios existentes en el natatorio.
Que esta Institución cuenta con una trayectoria indiscutible en nuestro Departamento , teniendo una antigüedad de casi 82 años , brindando contención a personas de diversas edades y estamentos sociales.
Que las disciplinas que se practican en dicha Institución son diversas y propician la representación del Departamento en torneos de renombre a nivel Provincial y Nacional, promoviendo así, el desarrollo deportivo disciplinado y de manera profesional, instando a la proyección atlética profesional de cada uno de sus integrantes.
Que el natatorio permite no solo la realización de actividades deportivas y recreativas, sino que también es de imperiosa necesidad para la realización de prescripciones médicas y terapias complementarias, permitiendo mejorar la salud a personas con diversas afecciones.
Que la natación es una actividad que provee múltiples beneficios tanto físicos como mentales los cuáles son determinantes y contribuyen a que todo aquel que la practica.
Que el natatorio tiene una concurrencia de 600 personas aproximadamente que realizan diferentes actividades, deportivas, recreativas o terapéuticas.
Que este natatorio fue puesto en funcionamiento hace 18 años, siendo el tiempo transcurrido, las condiciones climáticas de nuestro Departamento y la falta de mantenimiento adecuado, lo que ha colaborado para el deterioro en las estructuras del techo, llevando a tener que cerrar estas instalaciones a fin de procurar la seguridad y salud del personal que trabaja allí y de los usuarios del mismo.
Que la inhabilitación de la pileta cubierta, se procedió luego de que, ante la preocupación manifestada por el encargado de mantenimiento de la pileta, se solicitara una inspección , llevada a cabo por Bomberos de la Policía de Mendoza, Subdelegación ubicada en el Departamento de Malargüe , dictaminando que el natatorio quedaba inhabilitado hasta que se reemplace la estructura dañada.
Que paralelamente se solicita informe técnico al Ingeniero Enrique Arturo Soler , coincidiendo éste en la peligrosidad de su estado, debido al alto grado de corrosión de las cabreadas de la pileta.
Que dado que la inversión que debe realizarse a fin de poder poner en funcionamiento el natatorio es de gran magnitud, se hace para el Club imposible llevarlo a cabo, por ser sus fondos muy limitados e insuficientes.
Que la Municipalidad realiza permanentemente actividades deportivas y recreativas, como también aportes a diferentes instituciones y que en esta oportunidad se ha analizado la posibilidad financiera para poder realizar el desembolso solicitado.
Que el subsidio solicitado se basa en los presupuestos técnicos que incluyen mano de obra y materiales.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
ORDENA
ARTICULO 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal, a realizar un aporte con cargo al Club Deportivo Malargüe, por la suma de ($ 6.000.000,00) PESOS SEIS MILLONES CON 00/100.
ARTICULO 2°: Dispóngase el cargo al Club Deportivo Malargüe de refaccionar el techo cubierto de dicho natatorio y toda construcción necesaria para su puesta en funcionamiento.
ARTICULO 3°: Impóngase como cargo a los a los fines del Artículo 1° y a favor del Departamento Ejecutivo Municipal, la utilización de las instalaciones del natatorio del Club durante 36 meses continuos e ininterrumpidos, contando desde la apertura de la misma y disponiendo el horarios de 08:00 a 13:00 hs. durante el plazo mencionado, a fin de realizar actividades para la comuna.
ARTICULO 4°: Los desembolsos de la suma otorgada se realizará de la siguiente forma:
A)Primer desembolso del 30% como Adelanto Financiero, para acopio de materiales, donde la empresa contratada por el Club deberá emitir un seguro de caución con cláusula de subrogación en favor de la Municipalidad de Malargüe, por el mismo monto del anticipo, siendo este de Pesos un millón ochocientos mil con 00/100 ($ 1.800.000,00). El anticipo se abonará en la primera quincena de agosto.
- B) El saldo se abonará en tres cuotas iguales de Pesos un millón cuatrocientos mil con 00/100 ($1.400.000,00).
- C) El segundo desembolso se realizará en la segunda quincena de setiembre del 2.021 contra entrega de certificado de avance de obra.
- D) El tercer desembolso se realizará en la segunda quincena de octubre de 2.021 contra entrega del certificado de finalización de obra.
- E) El cuarto y último desembolso se realizará en la segunda quincena de noviembre de 2.021 contra entrega del certificado de finalización de obra.
ARTICULO 5°: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir Convenios específicos para la mejora del servicio y/o instalaciones. El aporte es el único y por todo concepto.
ARTICULO 6°: Autorícese a Contaduría Gral., a realizar las modificaciones pertinentes en el Presupuesto vigente, a fin de imputar el gasto correspondiente al presente proyecto.
ARTICULO 7°: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A DIEZ DÍAS DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIUNO