VISTO: El contenido del Artículo 27° de la Ley Orgánica de Municipalidades que dispone la formación anual del Jury de Tachas, para Sesionar bajo la presencia del Sra. Juez de Paz local.
CONSIDERANDO: Que a fin de dar cumplimiento a lo estipulado en la Ley Orgánica de Municipalidades, se debe proceder a conformar el Jury de Tachas.
Que mediante nota HC-280-2.021 Dra. María Paz Zabalegui, Juez solicitó la nómina de los tres Concejales de este Honorable Concejo Deliberante que formarán parte del “Jury de Tachas”, ello a los efectos de proceder a su constitución.
Que el Jury de Tachas debe constituirse del 01 al 10 de setiembre por lo que existe urgencia en la conformación del mismo, a fin de no contradecir a la Ley N° 1079 Orgánica Municipalidades.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTICULO 1°: Constituir el Jury de Tachas”, por los Señores Concejales: Da. Luciana Villegas, Dn. Andrés Risi y Da. Silvia Correa.
ARTICULO 2°: Remitir copia de la presente Resolución a la Dra. María Paz Zabalegui, Juez a los efectos legales correspondientes y notifíquese, a los integrantes del Jury conformado en el Artículo precedente.
ARTICULO 3°: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A DOS DÍAS DE SETIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO