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ORDENANZA N° 2.127/2.021

Pulicado el
por

AUTORA: CONCEJAL PAOLA ROJO

BLOQUE FRENTE CAMBIA MENDOZA

VISTO: El contenido del Expediente N° 5.029 HC 038 – 2.021. Bloque Frente Cambia Mendoza. Proyecto de Ordenanza: Modificación Ordenanza N°1.129/2.002 “Creación del Consejo Asesor del Matadero Frigorífico” Regional Malargüe.

La imperiosa necesidad de actualizar las acciones operativas de uno de los establecimientos faenadores de ganado menor de importante relevancia en la región.

y;

CONSIDERANDO: Que la actividad ganadera de Malargüe muestra rasgos de vulnerabilidad en varios aspectos de su desarrollo. Desde el punto de vista estructural, limitaciones ambientales, distancia a los centros de consumo, históricas prácticas pastoriles, éxodo de la población rural joven y conflictos en la tenencia de las tierras.

Que coyunturalmente, influyen los variables precios de la materia prima, las inestables demandas del mercado caprino nacional y la difícil participación directa de los productores en las decisiones.

Que existen características de potencialidad y signos de recuperación e innovación en el trabajo articulado entre gestores públicos y productores inquietos por fortalecer y diversificar una actividad históricamente rezagada y tradicionalmente alejada del modelo económico regional.

Que es el caso de la propuesta innovadora del Matadero Frigorífico Regional Malargüe, que depende de la Municipalidad de Malargüe, principal establecimiento faenador en la Cuenca Sur de nuestra provincia. También es el principal establecimiento faenador de ganado caprino en la Provincia, por cantidad de cabezas.

Que fue inaugurado el 13 de diciembre de 2000, con el principal objetivo de fortalecer uno de los pilares de la economía del departamento: El matadero tiene una capacidad diaria de faena de 1.200 a 1.500 reses menores a 10 Kg. La capacidad de frío es aproximadamente de 1.000 m3, lo que permite almacenar 10.000 chivitos chicos, distribuida en cámaras de refrigerado, túneles descongelado y conserva de congelado.

Que cuenta con habilitación ante el SENASA Nº 3703 y ONCCA Nº 0738, categorizado como Ciclo “I” Clase “A”, incluye el Tráfico Federal y la Exportación de productos y subproductos Ganado Menor Caprino y Ovino. En Diciembre de 2007 certificó el Sistema de Gestión de la Calidad Normas ISO 9001-2008, y el 27 de abril del 2009, se inauguró parte del Ciclo II: Cuarteo y Envasado.

Que sus servicios fueron complejizándose hasta abarcar: faena convencional o por rituales religiosos (Halal-Kosher) de ganado caprino y ovino, además de faena de ganado orgánico (OIA).

Que la finalidad de actualizar la constitución del Consejo Asesor, pretende entre los temas netamente operativos, el incluir al productor y/o criancero a la misma, y en consecuencia optimizar las condiciones de vida de los pequeños productores ganaderos de la zona.

Que será objetivo de este Consejo “fortalecer uno de los pilares de la economía del departamento, la ganadería, mejorando los dividendos de los puesteros”, acompañado de una infraestructura del M.F.R.M. acorde a las procedimientos operativos actuales.

Que el perfil de este Consejo Asesor del Matadero Frigorífico Regional Malargüe será:

  • Un lugar donde se aborden generalidades.
  • Un espacio de acuerdos y organización.
  • Generar trabajo cooperativo.
  • Gestión financiera y apoyo comercial.
  • Lugar de recepción de demandas con capacidad de respuesta propia y apoyada en el equipo.
  • Establecer relación de confianza con el productor.
  • Disminuir la brecha que aparece entre técnicos y productores.
  • Comprender que somos pares con saberes distintos.
  • Que se acompañe cotidianamente al productor.
  • Promover la comunicación entre productores.
  • Tratar de mirar para adelante para intentar superar los desencuentros del pasado, de manera de construir el futuro entre todos.
  • Promover la identidad de la región.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTICULO 1°: Modifíquese la Ordenanza Nº 1.129/2002, “Creación del Consejo Asesor del Matadero Frigorífico Regional Malargüe”.

ARTICULO 2°: Créase el Consejo Asesor del Matadero Frigorífico Regional Malargüe, el que estará integrado por:

  1. Secretario de Producción y Desarrollo Económico del Departamento Ejecutivo Municipal o el que a futuro lo reemplace.
  2. Director Matadero Frigorífico Regional Malargüe.
  3. Técnico Matadero Frigorífico Regional Malargüe.
  4. Un Concejal representante de cada Bloque del Honorable Concejo Deliberante.
  5. Un representante de los Matarifes Carniceros Locales, de mayor antigüedad, en la Nómina Oficial del Matadero Frigorífico Regional Malargüe.
  6. Un representante de los Matarifes Abastecedores Locales, de mayor antigüedad, en la Nómina Oficial del Matadero Frigorífico Regional Malargüe

ARTÍCULO 3°: Facúltese a conformar la Comisión Directiva de este Consejo Asesor, constituida por su Presidente, su Vicepresidente, su Secretario y Vocales.

ARTÍCULO 4°: Encomiéndese la facultad de redactar su Reglamento Interno, de modo de coordinar sus directivas de funcionamiento y operatividad.

ARTÍCULO 5°: Elévese a este Honorable Cuerpo para su conocimiento, lo establecido en el Artículo Nº 3.

ARTICULO 6°: Elévese copia de la siguiente pieza legal a:

         Dirección Provincial de Ganadería.

         Dirección Provincial de Ganadería Delegación Malargüe.

         SENASA Sede Malargüe.

         Cámara de Comercio Específica de Ganadería.

ARTICULO 7°: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A CATORCE DÍAS DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.