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ORDENANZA N° 2.136/2.021

Pulicado el
por

AUTORES: CONCEJALES PAOLA JOFRE, ANDRES RISI, DANIELA FAVARI Y JOSE BARRO

BLOQUE FRENTE DE TODOS

VISTO: El contenido del Expediente N° 5.025 HC 037 – 2.021. Bloque Frente de Todos. Proyecto de Ordenanza: Programa de erradicación de basurales a cielo abierto de la zona rural.

La necesidad de generar acciones para el cuidado del medio ambiente en las zonas rurales del Departamento de Malargüe.

y;

CONSIDERANDO: Que ambiente es el conjunto de factores externos (atmosféricos, climáticos, hidrológicos, geológicos y biológicos) que actúan sobre un organismo, una población o una comunidad. (Mónica Spinelli, Licenciada en Ciencias Biológicas)

Que el cuidado del ambiente es prioritario para tener una vida saludable y sustentable.

Que la erradicación de los basurales a cielo abierto está establecida en políticas a nivel mundial.

Que la idea es  promover el saneamiento ambiental y la optimización de recursos para garantizar una gestión moderna y eficiente de los residuos sólidos urbanos y rurales, bajo el paradigma de la economía circular que prevé el crecimiento y al empleo sin comprometer el medio ambiente.

Que se aborda la gestión de los residuos como una cuestión ambiental, pero también sanitaria, social y económica que merece un abordaje integral

Que se denomina contaminación a la aparición de una nueva sustancia en un sistema natural (atmósfera, aguas, suelos) o al aumento de la concentración de una sustancia del sistema, superando las variaciones típicas y naturales. (Estela Dinofrio, investigadora científica).

Que al no contar con suelo impermeabilizado, los basurales a cielo abierto resultan un foco de contaminación, tanto por la generación de líquido lixiviado como por la emisión de gases de efecto invernadero.

Que existe  el riesgo de que los residuos sean incinerados de forma espontánea o intencional, y en el caso de los plásticos y otros materiales puede derivar, también, en la emisión de sustancias tóxicas, aumentando la concentración de contaminantes atmosféricos como óxidos de nitrógeno, óxidos de azufre o metales pesados, como el mercurio, el plomo, el cromo o el cadmio.

Que desde el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la  Nación se desarrolla un Plan Federal de Erradicación de Basurales a Cielo Abierto en articulación con los gobiernos locales que aporta financiamiento en  base a presupuesto propio y a un préstamo otorgado por el B.I.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGUE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTICULO 1º: Créase el Programa de Erradicación de Basurales a Cielo Abierto en la zona rural en el ámbito de la Secretaría de Obras, Servicios Públicos y Ambiente de la Municipalidad  de Malargüe cuyos objetivos principales serán el relevamiento y remediación para mejorar la calidad de vida de la población afectada.

ARTÍCULO 2°: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal la firma de Convenios necesarios con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en el ámbito del Plan Federal de erradicación de basurales a cielo abierto.

ARTÍCULO 3°: Aféctese los gastos que demande  la ejecución de la presente norma a las partidas correspondientes del Presupuesto en vigencia y/o subsiguientes.

ARTICULO 4°: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTIUN DÍAS DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.