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ORDENANZA N° 2.142/2.021

Pulicado el
por

AUTORES: CONCEJALES LUCIANA VILLEGAS Y GABRIEL ROSAS

BLOQUE FRENTE CAMBIA MENDOZA

VISTO: El contenido del Expediente N° 5.043 HC 038 – 2.021. Bloque Frente Cambia Mendoza. Proyecto de Ordenanza: Colocar placas distintivas en honor a los veteranos de la Guerra de Malvinas.

La nota presentada por los Señores José Luis Nuñez y Lucio Mario Candia, en representación de la Federación Gaucha Cuyana de Veteranos de Malvinas.

Y;

CONSIDERANDO: Que el 02 de abril de 1.982 las Fuerzas Armadas y de Seguridad de nuestro País recuperaron las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, para incorporarlas al territorio nacional. El reino Unido de Gran Bretaña reaccionó enviando una flota de 100 buques, con el apoyo de Estados Unidos de América y luego de intensos combates el 14 de Junio de 1.982 se firmo la capitulación.

Que en el marco de la vigilia esperando cumplir 40 años de la gesta adherimos a reconocer a los argentinos que nos representaron y lucharon con bravura para recuperar el Territorio Nacional usurpado.

Que la guerra para los veteranos fue muy dura de sobrellevar, pero los años de pos guerra resultó ser aún peor. No tuvieron los veteranos un desfile de bienvenida y se les quebró su legítimo orgullo de haber combatido duramente y derramado su sangre para defender nuestra tierra, tal como lo hicieron nuestros próceres de antaño y en gran parte partiendo de nuestra Provincia.

Que corresponde a la dignidad de  un pueblo recordar a quienes ofrendaron la vida en combate y reconocer a quienes lucharon valientemente por la soberanía de nuestra Patria.

Que distinguirlos es una manera de agradecer a nuestros  Oficiales, Suboficiales y Soldados el esfuerzo y la entrega que pusieron de manifiesto durante la Guerra de Malvinas.

Que este reconocimiento es un homenaje y tiene por objeto que la comunidad pueda reconocer, identificar y honrar a los Veteranos de la Guerra de Malvinas.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTÍCULO 1º: Colóquese en cada vivienda en la que vive un veterano de la Guerra de Malvinas o en la que vivió hasta su fallecimiento, una placa reconocimiento por haber participado en la Guerra por la recuperación de las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur en 1.982 y que actualmente tengan domicilio en el Departamento de Malargüe.

ARTÍCULO 2°: Otórguese un reconocimiento especial a quienes hayan participado efectivamente en las acciones bélicas desarrolladas entre el 02 de Abril y el 14 de Junio de 1.982, en la jurisdicción del Teatro de Operaciones Malvinas (TOM)y/o del Teatro de Operaciones Atlántico Sur (TOAS) y civiles que se encontraban cumpliendo funciones de servicio y/o apoyo, en los lugares que se desarrollaron estas acciones y residan efectivamente en Malargüe o hayan fallecido viviendo en este Departamento.

ARTÍCULO 3°: Solicítese el consentimiento del titular registral del inmueble para la colocación de las placas, sea este el Veterano de Malvinas u otra persona en cuya vivienda efectivamente vive el Veterano de la Guerra de Malvinas.

ARTÍCULO 4°: La placa deberá contener el siguiente texto: “Aquí vive un Veterano de la Guerra de Malvinas, Héroe de la Patria” junto al nombre, apellido y rango del distinguido, en caso de que el Veterano este fallecido,  se reemplazará el tiempo verbal “Vive” por “Vivió”. Así mismo será una opción colocar la placa en el cementerio donde se encuentren sepultados los restos del Veterano de Guerra de Malvinas que falleciera, si su deceso se produjo mientras residía en nuestro Departamento.

ARTÍCULO 5°: El  Departamento Ejecutivo Municipal determinará la partida presupuestaria correspondiente y el Área que considere oportuna para el cumplimiento de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 6°: Elevar copia de la presente pieza legal a los medios de comunicación locales y al Sr. Rolando Cardenas conductor del Programa Radial Malvinas Clamor de Gloria.

ARTICULO 7°: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTIUN DÍAS DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.