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ORDENANZA N° 2.144/2.022

Pulicado el
por

VISTO: El contenido del Expediente N° 453/2.022 – 0. Asesoría Letrada. Solicita se otorgue prórroga sin posibilidad de renovación en el plazo de concesión del Hotel Turismo Malargüe hasta el 28 de febrero de 2.022 debiendo el Sr. Sauma Daniel desalojar el inmueble.

El Expediente Interno N° 3966/2.018-0. Concesión, Remodelación, Explotación y Mantenimiento del Hotel Turismo

Y;

CONSIDERANDO: Que resulta necesario el tratamiento de la presente pieza por el órgano legislativo conforme  art. 73 inc. 3 de la Ley 1079.

Que con fecha 24/01/2018 LA MUNICIPALIDAD y el Sr. Daniel Roberto Sauma suscribieron Contrato de Locación sobre el Hotel de propiedad del Municipio denominado “Hotel Turismo Malargüe”.

Que en fecha 06 de enero del 2.020 el Poder Ejecutivo requirió la desafectación del Expediente N° 3.966/2018 del Honorable Cuerpo Legislativo, en virtud de que los plazos se encontraban vencidos, y resultaba necesaria la toma de posesión del inmueble.

Que no obstante ello, en este lapso la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró el brote del COVID 19 como una pandemia, y en correlación el Gobierno nacional dispuso la adopción de distintas medidas, entre las que se encontró el aislamiento social, preventivo y obligatorio, implicando un detrimento indiscutible a la economía en general y en especial al sector turístico.

Que esta problemática impedía definir con claridad las definiciones a seguir, para con el inmueble de propiedad del municipio.

Que por ello se decidió prorrogar la estadía del Sr. Sauma, bajo los mismos términos acordados oportunamente, hasta el 1° de Diciembre del 2.021.

Que asimismo y siendo coherentes con la realidad imperante, resultó beneficioso para ambas partes, convenir como medida excepcional causada por el contexto pandémico; un acuerdo con el Sr. Daniel Roberto Sauma, por el cual éste último ofrecía entregar en comodato un edificio de su propiedad para el uso de la Municipalidad,  por el pago de canon mensual debido.

Que dicha situación permitió a la Comuna, disponer de inmuebles para afectados por  COVID19, y/o en situación familias en condición de vulnerabilidad social.

Que es preciso autorizar una nueva  y última prórroga, a fin de mantener en resguardo y actividad las instalaciones mencionadas, entretanto se  ultiman los detalles del nuevo llamado a licitación.

Que dicha prórroga  no implica renovación, ni modificación de las obligaciones establecidas en el Contrato de Licitación suscripto oportunamente.

Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el tratamiento de la presente pieza.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTICULO 1°: Otórguese una última prórroga, sin posibilidad de renovación, en el plazo de concesión del Hotel Turismo Malargüe, hasta 30 (treinta) días posteriores a la fecha de adjudicación de la Licitación correspondiente, notificando debidamente por escrito al Sr. Daniel Sauma D.N.I: 11.042.829, a fin de que proceda a desalojar el inmueble en el plazo estipulado.

ARTICULO 2°: Acéptese la adenda suscripta oportunamente por la Municipalidad de Malargüe y el Sr. Daniel Sauma en fecha 01 de mayo de 2.020.

ARTÍCULO 3°: Remítase copia de la siguiente pieza legal al Sr. Sauma Daniel.

ARTÍCULO 4°: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A DIECIOCHO DÍAS DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTIDOS.