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ORDENANZA N° 2.147/2.022

Pulicado el
por

AUTORA: CONCEJAL LUCIANA VILLEGAS

BLOQUE FRENTE CAMBIA MENDOZA

VISTO: El Expte.  N° 5.032-HC-038-2.021. Bloque Frente Cambia Mendoza. Proyecto de Ordenanza: Creación de la Oficina de Adultos Mayores

La necesidad de ayudar, acompañar a los Adultos Mayores, ya sea en la realización de trámites y la creación de espacios recreativos para los mismos.

y;

CONSIDERANDO: Que  se deberá implementar acciones de protección y promoción social      de adultos mayores desde una perspectiva integral.

Que se articularán estrategias intersectoriales que potencien la participación de los actores locales en la promoción de espacios de interacción con organizaciones de  adultos mayores.

Que la oficina impulsara el cumplimiento, conocimiento y difusión de los derechos  de los adultos mayores.

Que propiciara la ejecución de programas para la formación y capacitación de los adultos mayores, mejorando sus posibilidades de inclusión social.

Que se propiciara la atención del adulto mayor en situación de vulnerabilidad, facilitando su acceso a bienes y servicios que le aseguren una mejor calidad de vida.

Que generará en la comunidad, instancias de capacitación, especialización, actualización y perfeccionamiento de los recursos humanos en las distintas  problemáticas de los adultos mayores, posibilitando además, alternativas laborales.

Que deberá promover y ejecutar actividades educativas, culturales, deportivas,  recreativas y el intercambio de proyectos que respondan a los intereses de los adultos  mayores, en coordinación intersectorial y con las organizaciones de la sociedad civil.

Que esta Oficina podrá supervisar el funcionamiento de los Hogares para Adultos,          articulado con organismos competentes, acciones conjuntas de control y monitoreo de instituciones públicas y privadas que albergan a adultos mayores.

Que promoverá acciones para el desarrollo de convenios con terceros, de nuevos             dispositivos institucionales alternativos de albergue, que brinden un servicio integral socio sanitario y de apoyo familiar.

Que se propondrá organizar cursos de especialización, capacitación,  perfeccionamiento y actualización de técnicos y profesionales del área en la materia  de su competencia.

Que servirá para diseñar, proponer e implementar políticas públicas para el adulto  mayor, con perspectiva de derechos.

Que el principal objetivo será el de  promover una vejez con dignidad a los adultos mayores de todo el Departamento

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL DEPARTAMENTO DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS.

ORDENA

ARTÍCULO 1º: Créase la Oficina de Adultos Mayores que dependerá de la Dirección de Desarrollo Social o la que en el futuro  la reemplace.

ARTÍCULO 2º: Establézcase que la Oficina  estará constituida por un Gabinete integrado  por:

*Asistentes  y/o trabajadores Sociales.

*Psiquiatras

*Psicólogos

*Acompañantes Terapéuticos

*Médico Gerontólogo o Geriátrico

*Abogado

*Más profesionales formados en geriatría

ARTÍCULO 3º: Impútese gastos a la partida presupuestaria correspondiente para el  desarrollo de dicha Oficina.

ARTICULO 4º: Difúndase a través de la Oficina de Prensa del Honorable Concejo  Deliberante y Prensa Municipal a todos los medios de comunicación del Departamento

ARTÍCULO 5º: Elévese  copia de la presente pieza legal  a:

*Asociación de Jubilados y Pensionados del Sur

*Hogar de Ancianos Luis Grassi

*Delegados Distritales.

*ANSES, Delegación Malargüe

*OSEP Delegación Malargüe

ARTICULO 6°:Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la   presente en las actuaciones  correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE  A VEINTITRES DÍAS DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTIDOS