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ORDENANZA N° 2.157/2.022

Pulicado el
por

VISTO: El contenido del Expediente N° 1.666 – L – 2.021. Coordinadora de Rentas. Concesión, Uso y Explotación Comercial de los Locales N° 1 y N° 2 del Cementerio Municipal.

La necesidad de explotación comercial de los Locales N° 1 y N° 2 del Cementerio Municipal.

Y;

CONSIDERANDO: Que la Ley Orgánica de Municipalidades establece la atribución del Jefe del Departamento Ejecutivo, a fin de celebrar contratos sobre las propiedades inmuebles de la Municipalidad de Malargüe con previa autorización del Honorable Concejo Deliberante.

Que mediante Decreto N° 917/2.021, se dispuso el llamado a Licitación Pública, mediante Expediente Administrativo N° 1.666 – L – 2.021. Coordinadora de Rentas. Concesión, Uso y Explotación Comercial de los Locales N° 1 y N° 2 del Cementerio Municipal.

Que a fs. 123 del mencionado Expediente se coteja la presentación de un solo oferente en la apertura de sobres.

Que la oferta de la única oferente Salas Silvia del Carmen D.N.I N° 16.698.432, fue declarada inadmisible por encontrarse inobservancia a los Pliegos Generales y Particulares.

Que pese a ello la proponente resulta ser la única interesada en explotar los espacios mencionados.

Que resulta de interés la trayectoria y antigüedad de tres (3) años de la administrada a los fines aquí dispuestos

Que la prontitud en la concesión de los locales en el Cementerio es de significativa importancia para la población en general.

Que se pretende brindar una solución duradera al otorgamiento de los locales mencionados.

Que teniendo presente los objetivos aquí dispuestos, es necesario el respectivo tratamiento por el Cuerpo Deliberativo.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTÍCULO 1°: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar un Contrato de Locación de Alquiler entre la Municipalidad de Malargüe y la Sra. Silvia del Carmen Salas D.N.I N° 16.698.432, sobre Locales N° 1 y N° 2 del Cementerio de Malargüe, para ser destinado a venta de flores, adecuando el borrador Anexo en un Contrato por tres (3) años con posterior llamado a Licitación.

ARTÍCULO 2º: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTIUN DÍAS DE ABRIL DE DOS MIL VEINTIDOS.

VISTO: El contenido del Expediente N° 1.666 – L – 2.021. Coordinadora de Rentas. Concesión, Uso y Explotación Comercial de los Locales N° 1 y N° 2 del Cementerio Municipal.

La necesidad de explotación comercial de los Locales N° 1 y N° 2 del Cementerio Municipal.

Y;

CONSIDERANDO: Que la Ley Orgánica de Municipalidades establece la atribución del Jefe del Departamento Ejecutivo, a fin de celebrar contratos sobre las propiedades inmuebles de la Municipalidad de Malargüe con previa autorización del Honorable Concejo Deliberante.

Que mediante Decreto N° 917/2.021, se dispuso el llamado a Licitación Pública, mediante Expediente Administrativo N° 1.666 – L – 2.021. Coordinadora de Rentas. Concesión, Uso y Explotación Comercial de los Locales N° 1 y N° 2 del Cementerio Municipal.

Que a fs. 123 del mencionado Expediente se coteja la presentación de un solo oferente en la apertura de sobres.

Que la oferta de la única oferente Salas Silvia del Carmen D.N.I N° 16.698.432, fue declarada inadmisible por encontrarse inobservancia a los Pliegos Generales y Particulares.

Que pese a ello la proponente resulta ser la única interesada en explotar los espacios mencionados.

Que resulta de interés la trayectoria y antigüedad de tres (3) años de la administrada a los fines aquí dispuestos

Que la prontitud en la concesión de los locales en el Cementerio es de significativa importancia para la población en general.

Que se pretende brindar una solución duradera al otorgamiento de los locales mencionados.

Que teniendo presente los objetivos aquí dispuestos, es necesario el respectivo tratamiento por el Cuerpo Deliberativo.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTÍCULO 1°: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar un Contrato de Locación de Alquiler entre la Municipalidad de Malargüe y la Sra. Silvia del Carmen Salas D.N.I N° 16.698.432, sobre Locales N° 1 y N° 2 del Cementerio de Malargüe, para ser destinado a venta de flores, adecuando el borrador Anexo en un Contrato por tres (3) años con posterior llamado a Licitación.

ARTÍCULO 2º: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTIUN DÍAS DE ABRIL DE DOS MIL VEINTIDOS.