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ORDENANZA N° 2.166/2.022

Pulicado el
por

VISTO: El contenido del Expediente N° 2.369/2.021 – 0. Carenzo Apraiz Facundo. Solicita terreno y vivienda en Ex Fabrica Grassi. Proyecto de Tambo Caprino.

Y;

CONSIDERANDO: Que se presenta el Sr. Carenzo Apraiz Facundo solicitando un terreno de 15 hectáreas y vivienda ubicadas en el predio de la Ex Fabrica Grassi, con el fin de llevar a cabo un proyecto de tambo caprino

Que manifiesta contar con los recursos económicos necesarios para llevar dicho proyecto a cabo, el que no solo lo beneficia a él en particular, sino también a la comunidad del Departamento, creando puestos de trabajo y pretendiendo que en un futuro se convierta en un atractivo turístico.

Que la Directora de Unidad de Parques y Zonas Industriales, Lic. Verónica González toma intervención, adjuntando al expediente informe con datos referentes al proyecto, duración, plano de ubicación y estado actual de la vivienda solicitada.

Que el proyecto tambo caprino “Mis Tres Cabras”, elaborado por Facundo Carenzo Médico Veterinario, resulta innovador debido a que pretende, no solo la explotación y comercialización cárnica de la zona, sino también la utilización de nuevas tecnologías de punta que generen valor agregado al producto.

Que resulta beneficioso al Departamento en su conjunto, teniendo presente la promoción de los productos locales, sumado a características departamentales como polo turístico rural y gastronómico por excelencia.

Que el Proyecto de divide en tres etapas:

  • La primera de ellas consiste en la delimitación y alambrado de las hectáreas a sembrar, las que estarán destinadas para la siembra de la alimentación de las cabras; ubicación de la sala de ordeñe y la de elaboración, envasado y empaquetado de productos.
  • La segunda consiste en la adquisición de maquinarias industriales para la sala de ordeñe y producción.
  • La tercera y última etapa tiene por objetivo la compra de veinte cabras y un reproductor.

Que el tambo además de la producción de leche y queso, proyecta ser un polo genético de primer nivel.

Que mediante este proyecto se podrá difundir la actividad lechera a distintos puntos del Departamento.

Que además propicia la formación de un círculo turístico, procurando aprovechar la estructura edilicia de la Ex Fábrica Grassi.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTÍCULO 1°: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el comodato Anexo a la presente pieza legal.

ARTÍCULO 2°: Acéptese en su totalidad las clausulas allí dispuestas.

ARTÍCULO 3°: Dispóngase la revisión cada tres (3) años por parte de este Honorable Concejo Deliberante, a fin de verificar el cumplimiento de las clausulas del contrato..

ARTÍCULO 4º: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A NUEVE  DÍAS DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIDOS.