AUTORA: CONCEJALA SILVINA CAMIOLO
BLOQUE RECONSTRUYENDO MALARGÜE
VISTO: El contenido del Expediente N° 5.094 HC 042 – 2.022. Bloque Reconstruyendo Malargüe. Proyecto de Resolución: Pedido de Informe sobre el avance de las obras para la conexión de agua potable a los Vecinos del Barrio Colonia Hípica II.
La necesidad de conocer el estado actual de las obras de conexión a la red de agua potable de los vecinos de Colonia Hípica 2del departamento de Malargüe.
Y;
CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Barrios Populares (RENABAP) es un programa que reúne información sobre barrios y asentamientos en proceso de urbanización con la finalidad de brindar servicios esenciales, entre ellos el agua potable, a quienes aún no lograron acceder.
Que la Ley Nacional N° 27.453 establece que el Barrio Colonia Hípica es uno de los cuatro (4) barrios que ingresaron al Registro Nacional de Barrios Populares, accediendo de esta forma a todos los beneficios establecidos en la ley mencionada.
Que el espíritu de la Ley es mejorar sustancialmente la calidad de vida de las personas que forman parte de los barrios incluidos en ella y que tiene el derecho de acceder a cubrir sus necesidades básicas, como cualquier habitante de este Departamento.
Que las familias que habitan en el barrio Colonia Hípica II se encuentran en la actualidad sin el servicio de agua potable, que es un derecho que abarca el acceso al agua necesaria para mantener la vida y la salud y para satisfacer las necesidades básicas.
Que los vecinos de Colonia Hípica habrían comprado de forma particular las mangueras y conectores para la conexión a la red de agua, hace más de seis meses aproximadamente, sin tener respuestas a la fecha.
Que los vecinos manifiestan haber entregado dinero a una persona designada por el municipio para que la misma sea la encargada de la compra de los materiales para realizar la supuesta conexión, sin saber en calidad de qué ha sido designada la misma, entregando recibo en algunos casos, y en otros no.
Que es necesario conocer en qué condiciones se encuentra la ejecución de obra de red de agua potable del barrio ut-supra mencionado, como así también en qué etapa de formulación se encuentra y las familias que serán beneficiadas por el mismo.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNCIPALIDAD DE MALARGUE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, arbitre los medios necesarios, para que se informe:
- Demarcación del polígono que abarca Colonia Hípica II, en el Departamento de Malargüe.
- Estado en que se encuentran las obras de agua potable en el mencionado polígono.
- Motivo por el cual los vecinos se hicieron cargo de la compra de las mangueras y conectores de red de agua potable.
- Responsable a cargo de la idea y ejecución de este proyecto, como así también la persona designada por el municipio para articular con los vecinos, y bajo que condición y/o responsabilidad habría solicitado dinero a los mismos, entregando recibos, (ANEXO I)
- Desde dónde se proyecta extraer el agua potable para abastecer a los vecinos de Colonia Hípica II, si la misma ha sido analizada y es apta para el consumo humano.
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTITRES DIAS DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIDOS.