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COMUNICACIÓN N° 477/2.022

Pulicado el
por

AUTORES: CONCEJALES ANDRES RISI, RODRIGO HIDALGO, SILVIA CORREA

BLOQUE FRENTE DE TODOS

VISTO: El contenido del Expediente N° 5.091 HC 042 – 2.022. Bloque Frente de Todos. Proyecto de Comunicación: Comunicar al Departamento Ejecutivo, Entes Reguladores de la Provincia y Empresas Prestadoras de Servicios la nómina de Barrios Populares reconocidos en el Departamento de Malargüe, según la última actualización del Registro Nacional de Barrios Populares.

Y;

CONSIDERANDO: Que el 10 de octubre de 2.018 se sanciona  la Ley N° 27453 de Régimen de Regularización Dominial para la Integración Socio-Urbana y se publica en el Boletín Nacional el 29 de Octubre de ese mismo año.

Que dicha norma fomenta un conjunto de acciones para mejorar y ampliar el equipamiento social y de la infraestructura, el acceso a los servicios, el tratamiento de los espacios libres y públicos, la eliminación de barreras urbanas; la accesibilidad y la conectividad, el saneamiento ambiental; el fortalecimiento de las actividades económicas familiares, el redimensionamiento parcelario, la seguridad en la tenencia de los terrenos y las viviendas y la regularización del dominio de los terrenos y viviendas.

Que la Ley alcanza a hogares de  barrios populares identificados en el Registro Nacional de Barrios Populares en Proceso de Integración Urbana (Re.Na.Ba.P.) en todo el país.

Que a partir de esta Ley, el Estado Nacional debe expropiar esos terrenos para que pasen a su patrimonio. De esa manera, el Estado Nacional luego puede entregar el dominio de cada vivienda a los habitantes de los barrios populares que sean sus legítimos ocupantes y cuya finalidad del inmueble debe ser la vivienda única, familiar y de ocupación permanente.

Que el Registro de Barrios Populares permite que sus habitantes tengan Certificado de Vivienda Familiar y puedan probar su domicilio, tener cobertura de salud y conectarse a servicios públicos sin el requisito de planos de construcción y cuando la vivienda lo permita, entre otros beneficios.

Que la última actualización del Registro Nacional de Barrios Populares contiene 5.687 barrios populares ubicados en 949 localidades en las 24 provincias de nuestro país, estos barrios abarcan 590 km2 y alojan a más de un millón de familias.

Que en dicho trabajo de reajuste se realizaron más de 4 mil cambios geométricos nuevos, (ampliaciones, divisiones, unificaciones, ajustes varios, etc.), visitando el año pasado a  1.373 localidades en todo el país para verificar las características de los barrios, analizando más  de 3 mil propuestas que llegaron vía formulario de gobiernos municipales y provinciales, otras áreas de nación, organizaciones sociales y vecinas de barrios populares.

Que por su parte Malargüe, incorporó dos barrios al registro, correspondientes al Barrio Virgen de los Vientos (sólo un tramo donde se ubican 12 familias) quien a partir de ahora lleva el ID 5486, Barrio Pequenco (lo que se conoce como Cortina Forestal y que alberga a 70 familias malargüinas) con número de ID 5845 y se aprobó la ampliación de polígono de la Colonia Hípica (cubriendo ahora a 250 familias) conservando su ID 3420.

Que de acuerdo a este último informe, Malargüe cuenta con 5 polígonos inscriptos en el Re.Na.Ba.P, que accederían a todos los beneficios que la Ley de Régimen de Regularización Dominial para la Integración Socio-Urbana alcanza.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGUE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

COMUNICA

ARTÍCULO 1º: Que vería con agrado que el Departamento Ejecutivo Municipal tome conocimiento de los Barrios alcanzados por la Ley N° 27.453 de Régimen de Regularización Dominial para la Integración Socio-Urbana a los polígonos inscriptos en el Registro Nacional de Barrios Populares en Proceso de Integración Socio – Urbana (Re.Na.Ba.P. ), cuyos croquis se adjuntan en el Anexo l y que alcanzan a casi 480 familias de los Barrios Carbometal ID.3407, Colonia Hípica ID.3420, Nueva Esperanza ID.3455, Pequenco ID.5485 y Virgen de Los Vientos ID.5486.

ARTÍCULO 2º: Elevar copia de la presente pieza legal a:

  • Ente Provincial del Agua y Saneamiento (E.P.A.S.)
  • Ente Provincial Regulador Eléctrico (E.Pr.E.)
  • Agua y Saneamiento Mendoza (A.y Sa.M)
  • Distribuidora de Gas Cuyana S.A. (Ecogas)
  • Empresa Distribuidora de Electricidad Mendoza S.A. (E.D.E.M.S.A.)

ARTÍCULO 2º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A TREINTA DIAS DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIDOS.