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ORDENANZA N° 2.181/2.022

Pulicado el
por

AUTORES: CONCEJALES FRANCISCO PARADA, RODRIGO HIDALGO, ANDRES RISI, SILVIA CORREA, VIVIAN AMOSCA, MARTIN PALMA, DAIANA VARAS Y SILVINA CAMIOLO

INTERBLOQUE PARTIDO FEDERAL- FRENTE DE TODOS- FRENTE CAMBIA MENDOZA Y RECONSTRUYENDO MALARGÜE

VISTO: El contenido del Expediente N° 5.128-HC-044-2.022. Interbloque Partido Federal – Frente de Todos – Frente Cambia Mendoza y Reconstruyendo Malargüe. Proyecto de Ordenanza: Programa de Beneficios para Abanderados, Escoltas y Mejores Promedios del último año de Escuelas Primarias, Secundarias y Terciarias del Departamento.

La necesidad de premiar el merito y esfuerzo de los alumnos con buen desempeño durante su trayectoria escolar.

Y;

CONSIDERANDO: Que anualmente niños, jóvenes y adultos de Malargüe son designados, por su buen desempeño académico como abanderados, escoltas  y mejores promedios de sus respectivas escuelas.

Que pertenecer al cuadro de honor de las diferentes Instituciones, es resultado de la responsabilidad, el estudio y gran esfuerzo de cada uno de los estudiantes.

Que este programa estará destinado a quienes se encuentren entre los mejores promedios de Escuelas de Gestión Pública y/o Privada.

Que sería conveniente acompañar con este beneficio a los alumnos reconocidos por Decreto Municipal Nº 344 Premio Municipalidad de Malargüe, mediante el cual hace entrega de una Medalla de Oro al mejor promedio de los últimos años.

Que los abanderados y escoltas de diferentes Instituciones, asisten a actos protocolares en días feriados, horarios y jornadas extras y muchas veces con inclemencias climáticas desfavorables, cumpliendo así con su responsabilidad.

Que al otorgar estos beneficios a los alumnos, es una forma de motivarlos a continuar con sus estudios, ya que ven reflejado por medio de éstos, un reconocimiento a su constancia y esmero, más allá del Honor de Portar la Enseña Patria.

Que de esta manera, se busca incentivar a los jóvenes a seguir superando desafíos, ampliando así su potencial intelectual y humano.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTICULO 1°: Créase en el ámbito  de la Municipalidad  de Malargüe a través del Área que corresponda el Programa  de Beneficios  para Abanderados, Escoltas  y Mejores Promedios del último año de Instituciones de Educación Primaria, Secundaria, Terciaria y Universitario, con domicilio en el Departamento de Malargüe.

ARTÍCULO 2º: Permítase el acceso gratuito a eventos organizados  por la  Municipalidad de Malargüe, ya sean culturales (cine, teatro, eventos musicales y espacios formativos), deportivos y festivos.

ARTICULO 3°: Otórguese  un descuento  en casos de Fiestas Departamentales con Declaración Nacional o Provincial, el que será determinado  por la Dirección de Rentas del Municipio.

ARTÍCULO 4º: Invítese a comerciantes del Departamento de Malargüe a adherir a dicho Programa, para que los beneficiarios puedan acceder a descuento o promociones  en sus compras.

ARTÍCULO 5º: Invítese a Instituciones Educativas, a otorgar a los alumnos beneficiarios del Programa una constancia (certificado o credencial), con el cual se puedan identificar para hacer uso de los beneficios.

ARTICULO 6°: Determínese que este Programa  tendrá  una duración de 365 días desde el momento  en que el beneficiario fuera dado de alta.

ARTÍCULO 7º: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A ONCE DIAS DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIDOS