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ORDENANZA N° 2.188/2.022

Pulicado el
por

VISTO: La Nota HC-275-2022. Lic. Gabriel Rivero, eleva Proyecto Cultural “Donación del Cetro Vendimial”.

y;

CONSIDERANDO: Que el Proyecto Cultural “Donación del Cetro Departamental”, aprobado por el Sr. Director de Cultura de la Municipalidad de Malargüe.

Que la finalidad de ésta donación ha sido planteada por su Autor para conservar nuestras costumbres vendimiales y resaltar la importancia  del regreso del  Departamento de Malargüe a participar de la Fiesta  Nacional de la Vendimia.

Que la Fiesta Nacional de la Vendimia permite ampliar horizontes en la economía, al turismo y nuestra cultura.

Que las reinas vendimiales son preparadas y formadas para representar a cada Departamento, brindar información y atraer turistas más diversos desde lo local,    nacionales e internacional.

Que el Departamento de Malargüe, vio nacer un proyecto familiar que apuesta a la  vitivinicultura  local con la  producción de vinos  “Chichino” (de Leila Di Paolo y Familia).

Que el artesano a cargo de la producción del Cetro Lic.  Gabriel Rivero, es artista de Vendimia desde el año 1.999 hasta la fecha, habiendo diseñado vestidos y capas de Reinas desde el año 1.998, hasta la fecha, así como escritor de Fiestas Vendimiales de varios Departamentos de nuestra Provincia.

Que el Lic. Gabriel Rivero ha donado Cetros Departamentales a los municipios de Godoy Cruz (2.004), San Rafael (2.015) y Asociación de Sordos de Mendoza, Cetro de Reina  y Virreina (2.015), utilizados  todos ellos hasta la fecha.

Que el Lic. Gabriel Rivero también fue responsable de la donación de Coronas en los Departamentos de Godoy Cruz (2.017), Junín (2.017), así como donación de Coronas para la Asociación de Sordos de Mendoza (2.015) y Corona para fotografía de Vendimia, con diseño europeo en Plata 900 y  piedras  preciosas, bajo Contrato Privado.

Que el artista donante del Cetro que anima éste proyecto, también realizó arreglos y  confección de capas vendimiales  desde el año 2.005, habiendo  donado una capa para  uso exclusivo de las Reinas Nacionales con diseños y bordados  propios,  resaltando la  imagen de la Virgen de La Carrodilla.

Que tras 70 años de Vendimia, nunca se había implementado dicho diseño, se encuentra patentado por lo que no  puede existir  réplica.

Que en la actualidad, dicha capa se encuentra en el Archivo Histórico de la Provincia, formando parte del “Patrimonio Provincial”.

Que es atribución del Honorable Concejo Deliberante, otorgada por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 1079 en su Art. 71° inciso 4 la de aceptar las donaciones hechas al Municipio.

Que es oportuno manifestarse al respecto.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTICULO 1°: Acéptese, la donación del Cetro Departamental Vendimial a la Municipalidad de Malargüe, realizado por el artista de atributos reales Lic. Gabriel Rivero, D.N.I. N° 23.589.757

ARTICULO 2°: Encomiéndese a la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Malargüe, para que a través de Contaduría General, se proceda a ingresar el Cetro Vendimial, incorporándola al Inventario Municipal.

ARTICULO 3°: Envíese copia de la presente pieza legal al autor del Proyecto; Director de Cultura de la Municipalidad de Malargüe, a la Primera Reina Nacional de la Vendimia por Malargüe Sra. Patricia Cecconato, e integrante  de la CORENAVE y a la Srta. Candela  Berbel, segunda Reina Nacional de la Vendimia  por el Departamento de Malargüe.

ARTICULO 4°: Dése a difusión desde la Oficina de Prensa del Honorable Concejo Deliberante.

ARTÍCULO 5º: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTICINCO DIAS DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIDOS