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ORDENANZA Nº 2.194/2.022

Pulicado el
por

VISTO: Expte. N° 5.181-2.018-0.Carbones & Carburantes Malargüe- S.R.L. Pardo Juan           José-Pupatto Gustavo y Gutiérrez Bruno. Ref. Solicita Comodato Instalaciones predio Ex PARECAR S.A.

El contenido  de la Ordenanza N° 1.980/2.019.

y;

CONSIDERANDO: Que en la citada pieza legal  sancionada  por el Honorable Concejo Deliberante en fecha 28 de marzo de 2.019 y promulgada  mediante Decreto N° 622/2.019, se autorizó al Departamento Ejecutivo a suscribir Contrato de Locación con la Firma Carburantes Malargüe S.R.L., por el uso de las instalaciones y predio  de Ex Parecar S.A.

Que en fecha 4 de abril de 2.019 la Municipalidad de Malargüe suscribe  Contrato de Locación  con la Firma Carburantes Malargüe S.R.L. por el  término de diez (10)  años, con opción a prórroga por cinco (5) años.

Que en la cláusula tercera de dicho Contrato, se estableció el pago de un canon  mensual equivalente  a dos mil (2.000) litros de nafta, otorgando al Locatario una           excepción en el pago por el término de seis (6) meses.

Que para fecha 16 de setiembre de 2.020, se procede a efectuar requerimiento de            pago  por alquileres vencidos a la Firma, por la suma total de  pesos Un millón  ciento treinta y tres mil ciento ochenta y cinco con cuarenta y cuatro centavos ($   1.133.185,44).

Que el día 25 de marzo de 2.022, la Firma Carbones &  Carburantes Malargüe S.R.L., presenta ante el Departamento Ejecutivo una nota identificada bajo el N° 10323/2.022, mediante la cual informe que esa empresa a suministrado el  servicio de luz a la Escuela N° 1-428 Sargento Baigorria y Barrio Grassi, servicio que no   están  contemplados en dicho alquiler.

Que el consumo de engería eléctrica. ascendería a la suma de PESOS TRES        MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO, CON 00/100. ($ 3.846.464,00)

Que la Coordinadora de Rentas de la Municipalidad  de Malargüe, informa que la           deuda actualizada que registra dicha firma en concepto de Locación, asciende a la  suma de pesos cinco millones ciento veintiocho mil novecientos setenta y dos con  80/100. ($ 5.128.972,80), comprendiendo los períodos 10 de octubre de 2.019, al 10  de abril de 2.022.

Que del análisis del Contrato de Locación correspondiente se desprende que        efectivamente no se especificó en dicho Contrato, la provisión del servicio eléctrico  por parte de Carbones & Carburantes Malargüe S.R.L.  a la Escuela  N° 1-428   Sargento Baigorria  y vecinos del lugar.

Que en consecuencia, el planteo realizado por la Empresa  resulta  razonable  ya             que se ha  constatado la provisión del servicio.

Que el presente caso es sometido al mismo análisis y criterios de exenciones y    moratorias para los años 2.020 y 2.021 de pandemia realizados en otra pieza legal de este Cuerpo Deliberativo.

Que la condonación de deudas, es facultad del Honorable Concejo Deliberante,   conforme lo establece el Art. 73° inc. 3° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 1.079.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTICULO 1°: Autorízase  al Departamento Ejecutivo  a proceder  a la condonación del 50 %  de la deuda existente en concepto de Contrato de Alquiler para los años 2.020 y 2.021 de la Firma Carbones & Carburantes Malargüe S.R.L. –Cuenta deudores  Varios N° 307162202050- Ordenanza N° 1.980/2.019.

ARTICULO 2°: Autorízase al Departamento Ejecutivo  Municipal, a requerir de la Firma          Carbones & Carburantes  Malargüe S.R.L. el cumplimiento  del  Plan de Inversiones   y los plazos  comprometidos.

ARTICULO 3°: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones             correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE  A OCHO DÌAS DE SETIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDOS