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RESOLUCIÓN N° 543/2.022

Pulicado el
por

VISTO: Nota HC-676-2.022. Concejales Silvina Camiolo, Martín Palma, Rodrigo Hidalgo, Silvia Correa, solicitan  Sesión Especial para dar  tratamiento a: Situación planteada  c/Seguridad Privada de  Cortina   Forestal.

            y;

CONSIDERANDO: Que ingresa a este Honorable Concejo Deliberante, formal nota identificada bajo el número HC- 675, de fecha 15 de diciembre de /2.022, suscripta por el Sr. Pérez Gabriel E., por Seguridad Privada – División Servicios Integrales Mantenimiento y Limpieza S.A.S. y nota HC-691/2.022 Sr. Puscama Marcelo, eleva documentación  (3)fojas. Tema: Traspaso de personal, tareas especiales.

            Que en su escrito relata una serie de irregularidades en que habría incurrido la Municipalidad de Malargüe, acompañando a tales fines actas de Inspección, Ordenanza N° 1.776/2.015, Decreto N° 1.550/2.015, publicaciones en redes sociales y notas periodísticas.

            Que en relación a dicha nota, y tal como es de público conocimiento, se han difundido masivamente audios pertenecientes a la Sra. Verónica Contreras, como así también notas periodísticas sobre el referido tema, en cuanto a expresiones que, además de la gravedad de las mismas, podrían configura la comisión de algún delito, tales como “….Si, soy sicario, le corto la cabeza al mejor postor, a mí me contratan para matar gente”……”El que tenga algo que decirme, que tenga los huevos de decírmelo a mí. Que yo no me entere por el Guatavera, por el Marchán,por el Sánchez, por el Pérez, por el Intendente…porque va a ser el último día que respiren…”.

            Que sus manifestaciones tienen como destinatarios a personal a su cargo realizadas a través de un grupo de whatsapp con los mismos.

            Que respecto a sus expresiones, la Sra. Contreras, reconoció ante medios periodísticos ser autora de las mismas, pero negó haber sido sancionada tras la filtración de sus audios.

            Que sin perjuicio de ello, dichas manifestaciones también fueron reconocidas por el Sr. Intendente Municipal, al expresar a un medio periodístico eólica pura energía,  como así también en otros medios de amplia difusión provincial y local,“Respecto al tema  tan controvertido, lo que hay que aclarar en primer lugar que Verónica no es funcionaria, Verónica es la única persona que está hoy contratada para hacer toda la custodia de la cortina forestal” para posteriormente afirmar “Asimismo, Ojeda aseguró que habló con Contreras en el día de ayer y añadió “le planteé que  tal vez por el ímpetu de querer hacer se cometen errores y que cuando uno comete un error, tiene que saber volver hacia atrás y pedir las disculpas del caso”.

            Que el Art. 329 del C.P.P.M. expresa que “Tendrán obligación de denunciar los delitos perseguibles de oficio:

1) Los funcionarios o empleados públicos que los conozcan en el ejercicio de sus funciones.

2) Los médicos, parteras, farmacéuticos y demás personas que ejerzan el arte de curar, que conozcan esos hechos al prestar auxilios de su profesión, salvo que el conocimiento adquirido por ellos esté por ley bajo el amparo del secreto profesional. Nadie podrá formular denuncia contra su cónyuge, ascendiente, descendiente, o hermano, salvo que el delito sea ejecutado en su perjuicio o contra una persona cuyo parentesco con él sea igual          o más próximo al que lo liga con el denunciado”.

Que la Ley N° 8.993, en su Artículo 4°, en su Capítulo II), establece que “Los sujetos comprendidos en esta ley se encuentran obligados/as a cumplir con los siguientes deberes y pautas de comportamiento ético: Inciso 13ª, nos dice que: “13- Denunciar ante la autoridad competente todo hecho, acto u omisión de los que tuvieran conocimiento con motivo o en ocasión del ejercicio de sus funciones que pudiera causar perjuicio a la Provincia o configurar delito”.

Que en virtud de las normativas citadas y en nuestros respectivos caracteres de Concejales, es que nos obliga a poner en conocimiento de los organismos de contralor la posible comisión de algún delito y/o las  posibles irregularidades e incompatibilidades que fueran desarrolladas en la presente pieza legal.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

                                             RESUELVE

ARTICULO 1°: Elevar para su toma de razón y a los fines legales correspondientes, copia de la presente pieza legal conjuntamente con la  documentación obrante en Nota HC- 675/2022   y  nota HC-691/2.022 Sr. Puscama Marcelo, eleva documentación  (3)fojas. Tema: Traspaso  de personal, tareas especiales. y la cantidad de 17 audios, a la Unidad Fiscal Correccional con asiento en el Departamento de Malargüe, a los fines de investigar la probable comisión de algún delito por parte de la Sra. Verónica Contreras y que el elevado criterio de la Sra. Fiscal considere de aplicación,.

ARTICULO 2°: Elevar a la Oficina de Ética Pública de la Provincia de    Mendoza,  para su toma de razón y a los fines legales correspondientes, copia de la presente pieza legal conjuntamente con la documentación obrante en Nota HC 675/2022 y la cantidad de 17       audios y  nota HC-691/2.022 Sr. Puscama Marcelo, eleva documentación  (3)fojas. Tema: Traspaso  de personal, tareas especiales.

ARTICULO 3°: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, copia certificada del Contrato de Locación de Servicios respecto a la Sra. Verónica Contreras conjuntamente con el Decreto respectivo y la documentación requerida a la misma para su contratación.

ARTICULO 4°: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, informe sobre los siguientes puntos:

  1. Si se ha adoptado alguna  medida  administrativa y/o judicial  contra  la Sra. Verónica Contreras.
  2. Si se ha, efectuado actas de inspección por parte del REPAR-REPRIV/Ministerio de Seguridad del Gobierno de Mendoza, respecto a vigiladores no registrados y a cargo de la Sra. Verónica Contreras.
  3. Si se ha adoptado medidas de contención y/o protección a favor de los dependientes de la Sra. Contreras y destinatarios de sus audios.

ARTICULO 5°: Solicitamos al Sr. Intendente Municipal, que frente al hipotético caso que no se haya aplicado sanción alguna a la Sra. Verónica Contreras, ordene con carácter de urgente y en virtud de la gravedad de las manifestaciones de la Sra. Contreras, su rescisión contractual, todo ello en salvaguarda de la integridad física y psicológica de los dependientes a su cargo.

ARTICULO 6°: Elevar a la Subsecretaría del Trabajo y Seguridad Social, Delegación Malargüe, para su toma de razón y a los fines legales correspondientes, copia de la presente pieza legal conjuntamente con la           documentación obrante en Nota HC 675/2022 y   nota HC-691/2.022 Sr. Puscama Marcelo, eleva documentación  (3)fojas. Tema: Traspaso  de personal, tareas especiales.

la cantidad de 17 audios.

ARTICULO 7°: Comuníquese, regístrese, agréguese copia  de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTIUN DÍAS DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDOS