VISTO: La nota HC-086-2.023. Concejales del Departamento, elevan documentación referida a donaciones varias efectuadas por la Empresa Potasio Río Colorado S.A., a favor de la Municipalidad de Malargüe, a fin de dar cumplimiento al Art. 71° de la Ley Orgánica de Municipalidades.
Las atribuciones y deberes generales del Concejo Deliberante, cuyas particularidades están explícitas en el Art. 71° de la Ley N° 1.079 Orgánica de Municipalidades.
y;
CONSIDERANDO: Que la Municipalidad de Malargüe cuenta con un listado de bienes muebles e inmuebles que forman parte del inventario general de bienes municipales.
Que corresponde al Intendente la correcta formación y conservación del mencionado inventario (Art. 105 inc. 21 de la Ley N° 1.079 Orgánica de Municipalidades).
Que los inventarios pueden sufrir alteraciones, modificaciones o ampliaciones en virtud de donaciones o legados, incluso bajas, siendo atribución del Honorable Concejo Deliberante prestar o negar los acuerdos correspondientes (Art. 71° inc. 4 de la Ley N° 1.079 Orgánica de Municipalidades).
Que habiendo ingresado a este Honorable Concejo Deliberante documentación referida a donaciones varias a favor de la Municipalidades de Malargüe, no surgiendo de este Cuerpo, Ordenanza de aceptación o rechazo de las mismas.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTICULO 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal REMITA Inventario de bienes ingresados al Patrimonio Municipal en los períodos 2.022 y 2.023, con carácter de urgente.
ARTICULO 2°: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A DIECISEIS DÍAS DE MARZO DE DOS MIL VEINTITRES