VISTO: El Expte. N° 6.792-2.022-0. Departamento Ejecutivo Municipal. Eleva Proyecto de Ordenanza: Imponer el nombre: “Daniel Jesús Sepúlveda”, al Salón de Usos Múltiples del Barrio Martín Miguel de Güemes.
La reciente construcción del Salón de Usos Múltiples del Barrio Martín Miguel de Güemes.
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CONSIDERANDO: Que Daniel Jesús Sepúlveda nació el 05 de diciembre de 1.966, en la Ciudad de Malargüe.
Que el mismo dejó de existir a muy corta edad consecuencia de una rara enfermedad denominada: Síndrome Marfam, la cual ciertamente dejó trunco muchos proyectos personales en su mayoría de perfil social en el Barrio más populoso de nuestro Departamento.
Que luego de una férrea lucha contra la implacable enfermedad que lo tuvo en jaque por casi 8 años, falleció en su tierra natal (Malargüe), más quienes lo conocían expresan que su vida terrenal nunca fue de gran importancia, ello debido a una fe católica en la que creía fervientemente.
Que cuentan sus allegados que no se callaba ante las injusticias que tenía un marcado perfil social siempre dispuesto para ayudar y contener a quien se lo requería ( y a quien no también).
Que Daniel había tenido los primeros votos sacerdotales como miembro de la Orden de los Oblatos de María Inmaculada, pero tiempo después desistió de su idea de ser cura.
Que era un avisado lector de la Biblia, amante de las discusiones y debates de políticas o religión y tenía una hermosa frase que resumía sus creencias “La moral cristiana nada tiene que ver con el miedo o la represión”.
Que su hermana Silvia, gran referente del mismo Barrio y eterna luchadora por las mejoras de su lugar en el mundo, recuerda que nunca dejó su fe de lado ni durante los momentos más complejos durante esos ocho años de implacable enfermedad.
Que durante estos años de militancia barrial, nunca dejó su bicicleta, visitando casa por casa cumpliendo así con un rol social extremadamente importante y comprometido. Exigiéndoles a los vecinos que se involucraran y que pelearan por las causas justas, por su Barrio y para que el mismo tuviera la Unión Vecinal.
Que lo frustraba mucho lo que el denominaba “hipocresía institucional, demandando constantemente las luchas sociales, sobre todo la de la ansiada Sede Barrial.
Que todos los vecinos del Barrio lo recuerdan con mucho afecto, ya que siempre pensó en lo mejor para ellos y que si bien eran exigentes sus convicciones eran para mejorar la calidad de vida de ellos.
Que antecedente de lo aquí expuesto es la huella que dejó en la Escuela Técnica Industrial Minera Gral. Manuel Nicolás Savio, en donde el Centro de Estudiantes lleva su nombre.
Que siendo un gran defensor de los derechos humanos, nunca claudicó ante ninguna lucha, ni siquiera ante la propia, dejando de existir el 14 de marzo de 2.006, con apenas 39 años recién cumplidos.
Que ha sido un ejemplo de lucha y de vida, ya que como relatan quienes lo acompañaron, enfrentó la muerte con muchísima valentía.
Que si bien como se dijo en los considerandos anteriores dejó de existir (en este plano), el 14 de marzo del año 2.006, algunos de los vecinos dicen que lo ven por las calles de su amado barrio, renegando con aquellos que no iban a la Unión Vecinal a comprometerse con el prójimo y a hacer de Malargüe, aunque sea de manera pequeña, todos los días un lugar mejor.
Que el Departamento Ejecutivo como forma de homenajear a aquellas personas que se comprometieron con su lugar, su Barrio y sus vecinos, sugiere imponer su nombre al Salón de Usos Múltiples, por lo que tanto luchó y el que casi 15 años más tarde es una realidad de la que todos los vecinos disfrutan.
Que siendo una facultad del Honorable Concejo Deliberante la imposición de nombres a los espacios públicos de este Departamento, según Artículo 78° de la Ley N° 1079 Orgánica de Municipalidades.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
ORDENA
ARTICULO 1°: Impóngase el nombre Daniel Jesús Sepúlveda, al Salón de Usos Múltiples del Barrio Martín Miguel de Güemes, sito en calle Ingeniero Barrera e Intendente Alberto Anglat del Departamento de Malargüe.
ARTICULO 2°: Realícese una plaqueta con el nombre del homenajeado, que será emplazada en la Sede de la Unión Vecinal, haciendo entrega de una copia de la presente pieza legal a la Familia del Señor Daniel Jesús Sepúlveda.
ARTICULO 3°: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A TRECE DÍAS DE ABRIL DE DOS MIL VEINTITRES