AUTORA: CONCEJALA PAOLA ROJO
BLOQUE: FRENTE CAMBIA MENDOZA
Que el mencionado Decreto tiene la finalidad de declarar en Estado de Emergencia Agropecuaria y/o Desastre Agropecuario por sequia a las propiedades ubicadas en la Provincia de Mendoza, que tengan producciones ganaderas de bovinos, caprinos y producción apícola, que hayan sido afectadas por las recientes sequías.
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CONSIDERANDO: Que la Ley Provincial N° 9083 establece un sistema de emergencia agropecuaria en la Provincia de Mendoza, destinado a mitigar los daños causados por las contingencias climáticas que afecten la producción y/o capacidad de producción agropecuaria, siendo necesaria la correspondiente Declaración del Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario.
Que es necesario adoptar medidas que ayuden a mitigar las consecuencias de las contingencias climáticas que se han desarrollado en la Provincia de Mendoza, en especial la sequía que viene atravesando el territorio provincial debido a la crisis hídrica.
Que actualmente la provincia atraviesa una década de escasez de agua, el complejo escenario de sequía no logra sortearse y así los principales ríos están teniendo un año hidrológico preocupante.
Que el Departamento General de Irrigación presentó el Pronóstico de Caudales 2.022/23, el cual informa que el caudal de los ríos de la provincia está entre el 40% y el 58 % respecto de un año normal. En este sentido, de acuerdo a la clasificación hidrológica del organismo, los Ríos Grande, Atuel y Diamante presentan sequía extrema, mientras que el Mendoza, Tunuyán y Malargüe se encuentran en sequía severa.
Que la cuenca del Río Malargüe, que alimenta el oasis donde se ubica la ciudad, posee una superficie total de 11.146 km2, y su longitud, desde sus nacientes en el Arroyo Torrecillas al oeste de la ciudad y hasta su desembocadura en Laguna de Llancanelo, alcanza los 70 kilómetros del área involucrada, el 58% es utilizada para actividades agrícola ganadera.
Que se otorgará asistencia, ante la apremiante situación de los damnificados afectados por dicho fenómeno de carácter extraordinario y abarca el período comprendido entre abril de 2022 hasta marzo del 2024. Allí, el artículo 1º Declara el Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario “Para las propiedades ubicadas en la Provincia de Mendoza que tengan producciones ganaderas caprinas, bovinas, equinas, ovinas y apícolas, por los efectos de la sequía”, donde nuestro departamento, no está exento a este tercer período de seca consecutiva.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
COMUNICA
ARTÍCULO 1º: Que vería con agrado que la Delegación Malargüe de la Dirección de Ganadería, comunique por los medios que estime correspondientes y asesore respecto de los alcances del Decreto N° 2.404/2.022 de la Provincia de Mendoza, en el cual la Dirección Provincial de Ganadería, dependiente del Ministerio de Economía y Energía, declara el estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario por los daños provocados por la sequía, a modo de garantizar a la comunidad afectada información veraz y de calidad..
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A TRECE DÍAS DE ABRIL DE DOS MIL VEINTITRES.