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RESOLUCIÓN N° 240/2.023

Pulicado el
por

AUTORA: CONCEJALA PAOLA ROJO

BLOQUE: FRENTE CAMBIA MENDOZA

VISTO: El contenido del Expediente N° 5.293-HC 056-2.023 Bloque Frente Cambia Mendoza. Proyecto de Resolución: Solicitar cumplimiento de Ordenanza N° 2.092/2.021 y 2.001/2.019. Imponer nombre a calles y urbanizaciones del Barrio 60° Aniversario.

La imperiosa necesidad de los vecinos del Barrio que las calles sean debidamente nombradas e identificadas con los carteles correspondientes y además, la importancia de que se cumpla con las piezas legales desarrolladas con el fin de realizar obras de urbanización, para una mejor calidad de vida.

y;

CONSIDERANDO: Que actualmente, son recurrentes los reclamos por parte de la comunidad que habita en la zona, debido a la gran dificultad que surge al momento de contratar empresas que brindan servicios de envíos y mensajería, ya que, al no contar con una nomenclatura adecuada, las mismas no logran llegar a destino.

Que la Ordenanza N° 2.092/2.021 detalla los nombres propuestos por los vecinos, siendo los siguientes:

De Oeste a Este:

De Sur a Norte:

Que por medio de ésta, las calles que se denominen en dicha Ordenanza y que continúen hacia el oeste al Barrio Procrear deberán mantener el nombre allí determinado.

Que en su Artículo 2° se ordena lo siguiente: “Procédase a la identificación con carteles a través del Área que corresponda en el Departamento Ejecutivo Municipal”.

Que existe la Ordenanza N° 2.129/2.021, donde se ordena que se reemplace e imponga el nombre a la calle “El Campanario” del Barrio 60°Aniversario, según Ordenanza N° 2.092/2.021 por el nombre “María Elena Walsh”.

Que se insistió nuevamente con la misma, a través de la Resolución N° 296/2.022, luego de que fue vetada por el Decreto N° 1.431/2.021.

Que además, la pieza legal N° 2.001/2.019 compromete al Departamento Ejecutivo  a realizar las obras de urbanización del Barrio 60° Aniversario.

Que la Ordenanza establece el compromiso respecto a las obras de urbanización; de limpieza y demarcación de cada terreno a intervenir con un debido estaqueo de ejes de colindancia y línea municipal; perfilado de calles general del Barrio; demarcación de los niveles de vereda y de calle, demarcación de los niveles de referencia en las jirafas del alumbrado público; conexión de agua potable y conexión eléctrica domiciliaria.

Que en el Artículo N° 5 se hace mención de la Licitación Pública N° 3.262/2.019 donde se encargan las obras de construcción de cabezales de esquinas (incluido el cordón banquina) con rampas, que demarcan las veredas y líneas municipales de cada lote.

Que en la actualidad el Barrio cuenta con alumbrado público y los servicios de energía y agua potable los cuales son prestados por las entidades correspondientes EDEMSA y AySAM.

Que cada propietario cuenta con su respectiva escritura, por ello y considerando que la Obra Barrio Loteo 60° Aniversario fue adjudicada a la Empresa ORALCO S.R.L., y que, la misma se encuentra a la espera de la firma del contrato de obra y que resulta necesario para los ciudadanos del Departamento de Malargüe el comienzo de las obras.

Que resulta de gran importancia, ejecutar las piezas legales aprobadas por el Cuerpo Legislativo, con la finalidad de cumplir con los requerimientos de los vecinos de nuestro Departamento.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: Solicitar el cumplimiento de las Ordenanzas N° 2.092/2.021 “Impóngase nombres a las calles del Barrio 60° Aniversario” y N° 2.001/2.019 “Comprométase al Departamento Ejecutivo Municipal a comenzar con las obras de urbanización del Barrio 60° Aniversario del Departamento de Malargüe”.

ARTÍCULO 2º: Imputar los gastos que demande la ejecución de la presente pieza legal a las partidas del Presupuesto Municipal correspondiente.

ARTÍCULO 3º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR.  RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE VEINTINUEVE DÍAS DE   JUNIO DE DOS MIL VEINTITRES.