VISTO: El contenido del Expediente N° 19.723/2.004-0. Bravo, Gustavo Elio. Habilitación Comercial Fútbol Cinco “El Sitio”.
y;
CONSIDERANDO: Que el Departamento Ejecutivo solicita a este Honorable Concejo Deliberante tratamiento de los mencionados Expedientes, no habiéndose cumplimentado con la Ordenanza N° 2.199/2.022, que es condición fundamental contar con los informes técnicos de la U.T.G.U.R.A, previo a la aprobación de cualquier expediente enmarcado como nueva propuesta de Desarrollo Territorial Urbano y Rural de nuestro Departamento por parte de este Honorable Cuerpo.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Remitir Expte N° 19.723/2.004-0 y Resolución N° 03/2.023 al Departamento Ejecutivo Municipal a efectos de elaborar un dictamen por parte de U.T.G.U.R.A, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N° 2.199/2.022, con carácter de Urgente por tratarse de una actividad económica.
ARTÍCULO 2º: Cumplido lo solicitado en el Artículo precedente, vuelvan las actuaciones a este Honorable Cuerpo para proceder al análisis del mismo
ARTÍCULO 3º: Solicitar un dictamen legal y técnico a la oficina Letrada del Departamento Ejecutivo Municipal a fin de dar cumplimiento a fs 89 de dicho Expediente.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE SEIS DÍAS DE JULIO DE DOS MIL VEINTITRES.