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RESOLUCIÓN N° 287/2.023

Pulicado el
por

AUTORES: CONCEJALES RODRIGO HIDALGO, ANDRES RISI, PAOLA ROJO, MARTIN PALMA, GABRIEL ROSAS, SILVINA CAMIOLO Y SILVIA CORREA

INTERBLOQUE FRENTE DE TODOS, FRENTE CAMBIA MENDOZA, U.C.R INDEPENDIENTE, RECONTRUYENDO MALARGUE, Y CUIDEMOS MALARGÜE

VISTO: El contenido del Expediente N° 5.305-HC 056-2.023 Interbloque Frente de Todos; Frente Cambia Mendoza; U.C.R-Independiente; Reconstruyendo Malargüe y Cuidemos Malargüe. Proyecto de Resolución: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal el cese inmediato de acciones de presión, ya sea cambios de área, descuentos, bajas de contratos y/o pases a disponibilidad de agentes municipales relacionados con su participación político partidaria.

La situación generada, pre, durante y post elecciones P.A.S.O en el Municipio de Malargüe, donde algunos empleados municipales que actuaron como fiscales en las mesas de votación han sufrido consecuencias laborales y descuentos salariales, aparentemente ligadas a su participación política y/o ideales político partidarios

y;

CONSIDERANDO: Que es de máxima importancia garantizar la libertad de expresión en el marco de los principios establecidos en diversos instrumentos internacionales con jerarquía constitucional y nuestra Ley Máxima, la Constitución Nacional Argentina.

Que la libertad de expresión es un derecho fundamental e inalienable, inherente a todas las personas y es un requisito indispensable para la existencia misma de una sociedad democrática.

Que todas las personas tienen el derecho a buscar, recibir y difundir información y opiniones libremente, sin discriminación alguna.

Que los Derechos Políticos integran la categoría de Derechos que tutelan las libertades públicas que nacen como producto de las tesis liberales clásicas en las que se resalta la posibilidad de proteger la libertad e intimidad del individuo frente al ejercicio arbitrario del poder del estado.

Que el poder público debe ejercerse al servicio de las personas y no puede ser usado lícitamente para lesionar u ofender los atributos inherentes a la misma.

Que los derechos políticos están orientados a tutelar la participación o el protagonismo del individuo en la sociedad, entre los que también es dable incorporar a la libertad de expresión y a la libertad de asociación y de reunión

Que los funcionarios públicos están sujetos a un mayor escrutinio por parte de la sociedad y las leyes que penalizan la expresión ofensiva dirigida a ellos atentan contra la libertad de expresión y el derecho a la información.

Que el Artículo 13° de la Convención Americana sobre Derechos Humanos establece que el derecho a la libertad de expresión comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas sin consideración de fronteras y por cualquier medio de transmisión.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal el cese inmediato de las acciones de presión, ya sea cambios de área, descuentos, baja de contratos y/o pases a disponibilidad de agentes municipales, relacionadas con su participación político partidaria.

ARTÍCULO 2º: Reconocer y reafirmar el Derecho a la Libertad de Expresión de los empleados municipales, incluyendo su participación en actividades políticas dentro de los límites establecidos por la Ley.

ARTÍCULO 3º: Repudiar cualquier tipo de sanción, descuento salarial o pase de sector o a disponibilidad de los empleados municipales, como consecuencia de haber participado como fiscales en las elecciones PASO, en representación de cualquier espacio político partidario, en concordancia con los principios de Libertad de Expresión, de sus Derechos Políticos y demás Derechos Fundamentales.

ARTÍCULO 4º: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que garantice la libertad de expresión en el ámbito municipal, promoviendo un ambiente de respeto y tolerancia hacia las diferentes opiniones políticas, tal como debe suceder en un Estado Democrático e Inclusivo.

ARTÍCULO 5º: Promover la capacitación y sensibilización del personal municipal sobre los derechos fundamentales, incluyendo la libertad de expresión y su importancia para el desarrollo de una sociedad democrática.

ARTÍCULO 6º: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal la difusión y aplicación de la presente Resolución en todas las Áreas de la Municipalidad de Malargüe, en la zona urbana y en la zona rural.

ARTÍCULO 7º: Difundir los principios que rigen la presente Resolución también entre la comunidad en general, para fomentar el conocimiento y respeto a la libertad de expresión y a los derechos fundamentales de todos los ciudadanos.

ARTÍCULO 8º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR.  RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE TRES DÍAS DE   AGOSTO DE DOS MIL VEINTITRES.