VISTO: El contenido del artículo 27° de la Ley Orgánica de Municipalidades que dispone la formación anual del Jury de Tachas, para Sesionar bajo la presencia de la Sra. Juez de Paz local
y;
CONSIDERANDO: Que a fin de dar cumplimiento a lo estipulado en la Ley N° 1.079 Orgánica de Municipalidades, se debe proceder a conformar el Jury de Tachas.
Que el Jury de Tachas debe constituirse del 01 al 10 de setiembre por lo que existe urgencia en la conformación del mismo, a fin de no contradecir a la Ley N° 1079 Orgánica de Municipalidades.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Constituir el Jury de Tachas” por los Señores concejales: Da. Silvina Camiolo; Dn. Martín Palma y Dn. Francisco Parada
ARTÍCULO 2º: Remitir copia de la presente Resolución a la Dra. María Paz Zabalegui, Juez de Paz, a los efectos legales correspondientes y notifíquese a los integrantes del Jury conformado en el Artículo precedente.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A TREINTA Y UN DÍAS DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTITRES.