AUTORES: CONCEJALES RODRIGO HIDALGO Y ANDRES RISI
BLOQUE FRENTE DE TODOS
VISTO: El contenido del Expediente N° 5.308-HC 057-2.023 Bloque Frente de Todos. Proyecto de Resolución: Instar al Departamento Ejecutivo Municipal la realización del Plano de Relevamiento Social a Clubes Deportivos.
La situación de los Clubes Deportivos de Malargüe, a quienes se les está exigiendo la presentación de un “plano de relevamiento” que consta de información detallada sobre sus instalaciones, lo cual implica un costo elevado para la realización. Estos clubes que dependen principalmente de las cuotas y recaudaciones limitadas de sus socios, no cuentan con los recursos económicos suficientes para afrontar dicho gasto.
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CONSIDERANDO: Que los clubes deportivos desempeñan un papel fundamental en la comunidad al promover el deporte, la integración social y la vida saludable.
Que estos clubes dependen de ingresos limitados para su funcionamiento, provenientes de las cuotas de los socios y de las actividades deportivas que realizan.
Que los clubes deportivos contribuyen al desarrollo integral de niños, jóvenes y adultos, fomentando la inclusión social y la formación de valores como el compañerismo, la disciplina y el respeto.
Que los clubes deportivos brindan espacios de recreación seguros y saludables para la comunidad, evitando el sedentarismo y promoviendo estilos de vida activos.
Que los clubes deportivos generan un importante impacto social al impulsar la participación comunitaria, organizando eventos deportivos y promoviendo la convivencia entre vecinos.
Que realizan un esfuerzo continuo para mantener y mejorar sus instalaciones, con recursos económicos limitados provenientes de las cuotas de los socios y de las actividades deportivas.
Que el costo del “plano de relevamiento” exigido por la municipalidad es elevado y representa una carga financiera significativa para las Instituciones.
Que la municipalidad, como entidad responsable del bienestar y desarrollo de la comunidad, debe reconocer y apoyar el trabajo invaluable que realizan en beneficio de los ciudadanos.
Que el municipio tiene la capacidad y los recursos humanos y económicos para llevar a cabo el relevamiento de manera eficiente y sin generar costos excesivos.
Que el costo del “plano de relevamiento” exigido por la Municipalidad representa una carga financiera significativa para los clubes deportivos, dificultando su capacidad para destinar recursos a la mejora de sus instalaciones y a la promoción del deporte.
Que el Articulo 82°, inciso 3 de la Ley N° 1.079 Orgánica de Municipalidades, expresa que corresponde al Concejo en lo relativo a fomentar los deportes dentro de los municipios.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Instar a la Municipalidad de Malargüe a asumir la responsabilidad de realizar el “Plano de Relevamiento Social” de los Clubes Deportivos, en el marco de un Programa de Relevamiento Social.
ARTÍCULO 2º: Permitir que los clubes realicen pagos en cuotas accesibles y razonables en caso de que la Municipalidad incurra en costos directos asociados al relevamiento, considerando la situación financiera, a fin de no afectar el funcionamiento y desarrollo deportivo.
ARTÍCULO 3º: Establecer que las deudas también puedan ser pagadas en cuotas acordes a la capacidad económica en caso que algún Club tenga deudas pendientes con la Municipalidad, a fin de garantizar su viabilidad y continuidad.
ARTÍCULO 4º: Facultar al Área competente de la Municipalidad de Malargüe para establecer los procedimientos y plazos necesarios para la implementación del Programa de Relevamiento Social, así como para la definición de las cuotas de pago en caso de generar costos adicionales.
ARTÍCULO 5º: Comunicar y difundir ampliamente la presente Resolución a los Clubes Deportivos de la Ciudad de Malargüe, para conocimiento de su contenido.
ARTÍCULO 6º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A SIETE DÍAS DE SETIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRES.