AUTORES: CONCEJALES RODRIGO HIDALGO Y ANDRES RISI
BLOQUE FRENTE DE TODOS
VISTO: El contenido del Expediente Nº 5.340-HC 059-2.023 Bloque Frente de Todos. Proyecto de Ordenanza: Cambiar el sentido de circulación de la calle Saturnino Torres de la Ciudad de Malargüe.
Los accidentes producidos constantemente en la calle mencionada y la necesidad de hacer cesar esta situación.
y;
CONSIDERANDO: Que la Ley N° 1.079 Orgánica de Municipalidades, en su Artículo 79° inciso 7°, establece que corresponde al Concejo Deliberante determinar y reglamentar el tránsito en los lugares y calles públicas.
Que la calle Saturnino Torres es de doble sentido de circulación vehicular, desde la calle Ejercito de los Andes hasta calle Ingeniero Francisco Álvarez.
Que también tiene un solo sentido de circulación vehicular desde calle Esquivel Aldao hasta Calle Ingeniero Francisco Álvarez.
Que es necesario reformular el sentido de circulación de automóviles, motocicletas y bicicletas, optimizando la utilización de las arterias existentes en la Ciudad de Malargüe, reduciendo al mínimo la potencialidad de accidentes de tránsito.
Que en reuniones mantenidas con autoridades de Seguridad y Policía Vial se acordó la ejecución de medidas tendientes a ordenar el tránsito en la Ciudad de Malargüe.
Que los vecinos e integrantes de Instituciones de cada barrio conocen cuál es la mejor disposición del sentido de circulación de sus calles y evalúan las características particulares de cada una de las arterias y del sector en que se hallan comprendidas, para tener una visión más amplia de los beneficios y posibles inconvenientes que de su cambio puedan derivar.
Que brindar una solución integral y definitiva en tal sentido no implicara, para la Municipalidad de Malargüe, erogaciones de gran significación.
Que el tránsito dentro de cada barrio se ha visto incrementado notablemente debido no solo al aumento del parque automotor, sino también por las actividades escolares, ya que los establecimientos ubicados en los mismos reciben a niños provenientes de diferentes puntos de nuestra Ciudad, atrayendo al sector innumerables vehículos que los transportan a la Escuela, complejizando así el tránsito normal y habitual.
Que establecer en la mayoría de las arterias de la ciudad el sentido único de tránsito contribuirá sensiblemente al ordenamiento vehicular, ciclístico y peatonal, brindando además mayor seguridad al vecino en general.
Que ordenar el sentido de tránsito optimizar el espacio de circulación al determinar el estacionamiento sobre una única mano.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
ORDENA
ARTÍCULO 1º: Determínese como único sentido de circulación Este- Oeste en calle Saturnino Torres de la Ciudad de Malargüe, desde calle Ejercito de los Andes hasta calle Ingeniero Francisco Álvarez y el estacionamiento sobre margen derecho de la misma.
ARTÍCULO 2°: Encomiéndese a los Organismos competentes que durante los sesenta (60) días posteriores de ser promulgada la presente pieza legal se informe y concientice a la población de las modificaciones de circulación que promueve y así evitar realizar las multas correspondientes en ese lapso de tiempo.
ARTÍCULO 3°: Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal la colocación de cartelería nomencladora con el cambio de sentido de circulación con Cartel de Disco Pare sobre calle Saturnino Torres en la esquina próxima a calle Ejercito de los Andes y Cartel de Contramano en calle Saturnino Torres en su intersección con calle Ingeniero Francisco Álvarez, a fin de cumplir con la Ley dentro del plazo previsto.
ARTÍCULO 4°: Remítase copia de la presente norma a la Dirección de Vías y Medios de Transporte Delegación Malargüe, Policía Vial Delegación Malargüe, Cuerpo de Inspectores de Tránsito y a los medios de comunicación locales para conocimiento de la misma y demás efectos que estimen corresponder.
ARTÍCULO 5°: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A CATORCE DÍAS DE SETIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRES.