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DECRETO N° 076/2.024

Pulicado el
por

En el día de ayer y luego de dos meses de tratamiento en Comisión los Concejales finalizaron una Sesión Especial aprobando este Decreto que desaprueba formalmente la totalidad de los elementos constitutivos en Expte N°3066/2023- Departamento Ejecutivo: Rendición de Cuentas Ejercicio 2022.

La votación no fue unánime; por su parte los Ediles Cabrera, Acosta, Mansilla, Camiolo y González votarón en afirmativo; y en negativo los Ediles Mosca y Villarruel.

Motiva la decisión de los Ediles a desaprobar el Ejercicio 2022 lo que consta en el fallo del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Mendoza, el cual expresa que los funcionarios responsables de la Gestión de Gobierno del año 2.022 “han incurrido en procedimientos administrativos irregulares”; y esto refiere a deficiencias detectadas en contratación directa, intervención del requerimiento de compra, registración de las etapas del gasto, reconocimiento de gastos como de legitimo abono y justificación de la efectiva prestación del servicio.-

LEE EL DECRETO COMPLETO:

VISTO: El contenido del Expediente Nº 3.066/2.023 Ref. Rendición Ejercicio 2.022-Acuerdo 2.988elevado a este Honorable Concejo Deliberante por el Departamento Ejecutivo Municipal con fecha 27 de abril de 2.023

y;

CONSIDERANDO: Que el Tribunal de Cuentas de Mendoza, emite su fallo Nº 17.985 Mendoza, 30 de noviembre de 2.023 respecto a la Rendición del Ejercicio 2.022 de la Municipalidad de Malargüe.

Que en el fallo antes mencionado se expone que se detectan “intereses mal imputados”.

Que el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Mendoza, en su fallo N° 17.985 expresa que los funcionarios responsables de la Gestión de Gobierno del año 2.022 “han incurrido en procedimientos administrativos irregulares”.

Que en su Considerando I “… la observación 1. Intereses mal imputados, el Tribunal considera que los responsables han incurrido en procedimientos administrativos irregulares …”

Que describe en el Considerando II “… consideran subsistente como procedimiento administrativo irregular la observación 2. Deficiencias detectadas en contratación directa: Servicios de Publicidad, puntos a), b), c), d) y e), por deficiencias en la intervención del requerimiento de compra, registración de las etapas del gasto, reconocimiento de gastos como de legitimo abono y justificación de la efectiva prestación del servicio, aconsejando aplicar a los responsables la sanción de multa descripta en el Artículo 54 de la Ley Nº 9.292.”

Que el Considerando III del presente fallo describe “… Falta de gestión de cobranza. Apremio: arbitrar las medidas tendientes a obtener la percepción de los créditos, en cumplimiento de lo nombrado por la Ley Nº 1.079 Orgánica de Municipalidades, Artículo Nº 73 inc. 5, Ley Nº 8706 Articulo Nº 98, Nº 115, Nº 116, “Subsistencia de Contribuyentes: continuar con las tareas llevadas a cabo a fin de subsanar la correcta identificación de contribuyentes dando cumplimiento a lo dispuesto por el Acuerdo N° 2.988 del Articulo Nº 14 inc. b.”

Que la Comisión de Seguimiento de Obra del Boulevard Rufino Ortega de este Honorable Concejo Deliberante conformada por Resolución N° 540/2.022 realizó la denuncia por incumplimiento de los deberes de funcionario público como consta en copia enviada a Presidencia de este Cuerpo por Nota N° 35/2.023. Denuncia que se encuentra bajo el número 9.792/23 Fiscal Contra NN – Por abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

DECRETA

ARTÍCULO 1º: Desafectar el Expediente N° 3.066/2.023 de la Comisión de Hacienda, Presupuesto, Legislación y Asuntos Constitucionales para su inmediato tratamiento.

ARTÍCULO 2º: Desaprobar formalmente la totalidad de los elementos constitutivos de la Rendición de Cuentas Ejercicio 2.022, obrante en el Expte. Nº 3.066/2.023. Departamento Ejecutivo, caratulado: Rendición Ejercicio 2.022, Acuerdo 2.988, obrante a fs. 01 a 21.

ARTÍCULO 3º: Elevar copia de la presente pieza al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Mendoza adjuntando copia del fallo N°17.985 emitido por ese Tribunal.

ARTÍCULO 4º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR.  RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A QUINCE DIAS DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTICUATRO.