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RESOLUCIÓN N° 067/2.024

Pulicado el
por

Mediante la Pieza Legal aprobada los Ediles expresaron su apoyo al Proyecto de Ley Código de Procedimientos Mineros para la Provincia de Mendoza, que fue aprobado el día de ayer en Senado provincial

A principios de marzo, el Gobierno de la provincia presentó en la Legislatura esta propuesta, con el objetivo central de modernizar las normativas vigentes desde 1945. De esta manera se busca agilizar la actividad y hacerla más transparente, establecer mayores controles ambientales y reforzar las funciones de la Policía Minera.

Entre otros, el propósito de esta sanción es incorporar criterios de sustentabilidad ambiental y desarrollo sostenible a esta actividad que hoy cuenta con herramientas que no existían en el siglo pasado.

La reforma incluye la modernización de los procedimientos e involucrar activamente a las comunidades locales en la toma de decisiones relacionadas con el desarrollo de los recursos minerales, promoviendo la transparencia y la participación en todo el proceso.

La iniciativa abarca la minería de primera, segunda y tercera categoría (canteras) y sigue el ejemplo de los más altos estándares internacionales.

MIRA LA PIEZA LEGAL COMPLETA

AUTORA: CONCEJALA VIVIANA MOSCA

BLOQUE CAMBIA MENDOZA

VISTO: El contenido de la nota HC-154/2.024 Concejal Viviana Mosca, eleva Proyecto de Ley Código de Procedimientos Mineros para la Provincia de Mendoza.

            El contenido del Expediente N° 79.965. Proyecto de Ley Código de Procedimiento Minero que tiene tratamiento en la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Mendoza.

            y;

CONSIDERANDO: Que Malargüe es un Departamento de amplia tradición y cultura minera, con una sociedad que no solo acepta, sino que reclama por el desarrollo integral de la actividad.

            Que Malargüe cuenta con prestigiosos Institutos de capacitación de nivel Secundario, Terciario y Universitario con amplia trayectoria, formando técnicos y profesionales que hoy deben emigrar de sus hogares para conseguir empleo en otras provincias, por falta de desarrollo local en materia minera.

            Que el Departamento cuenta con uno de los índices de desempleo y subempleo más alto de la Provincia de Mendoza, situación que no puede revertirse desarrollando otras actividades presentes en el resto del territorio provincial, como ser la agroindustria, la vitivinicultura y la ganadería.

            Que Malargüe cuenta con un territorio especialmente apto, en el cual la actividad minera se complementa perfectamente con el resto de las actividades productivas, culturales y sociales.

            Que el Departamento tiene importantes limitaciones en su desarrollo debido a la escasez de infraestructura y que la minería ciertamente ayudaría a llevar rutas, energía y servicios a lugares que de otra manera quedarán perpetuamente relegados. 

            Que a principio de la década de 1.940, las necesidades de aprovisionamiento de              combustible sólido de la industria nacional y los requerimientos europeos originados   por la Segunda Guerra Mundial, impulsaron la extracción de asfaltita en territorio malarguino. Esto posibilitó que se pusieran en exploración las minas General San Martín y la Valenciana, aunque también el interés por la minería se orientó a otros minerales como: el manganeso, plomo, hierro, florita, uranio y otros de menor     importancia.

            Que en las décadas del 40 y 50 fue tal  el impulso de la minería en Malargüe que se instalaron fábricas como: Industrias Siderúrgicas Grassi y la Comisión Nacional de Energía Atómica generando cientos de puestos de trabajo que se prolongaron en el  tiempo.

            Que el desarrollo y crecimiento que tuvo Malargüe gracias a la minería, le permitió iniciar el proyecto de lograr la autonomía departamental, lo que fue concretizado el   16 de noviembre del 1.950 por Ley Provincial Nº 1.937.

            Que muchos trabajadores mineros, provenientes de distintos lugares del país, constituyeron un importante aporte poblacional a mediados del siglo pasado. Algunos formaron sus familias y se radicaron definitivamente.

            Que la producción minera generó otras actividades relacionadas con la vida social, cultural, deportiva y educativa como: la creación de los Clubes Volantes Unidos y La Atómica, la Escuela Secundaria Técnica Minera y los Barrios Atómico y Grassi.

            Que muchos de los yacimientos mineros fomentaron la educación, erigiendo establecimientos educativos como: la llamada Escuela de La Ripiera en el Yacimiento General San Martín; la que permitió que en la década de 1.940 muchos niños  puesteros pudiesen ser alfabetizados. También funcionaron Escuelas en las minas La valenciana, Santa Cruz, Los Castaños y la Huemul.

            Que Malargüe reclama que sus particularidades sean justamente consideradas con el objetivo de alcanzar un desarrollo armónico con el resto de las regiones provinciales donde el crecimiento económico, la equidad social y calidad ambiental convivan en equilibrio para alcanzar al bien común.

            Que Malargüe se encuentra en pleno desarrollo de su Plan de Ordenamiento Territorial y para poder completar el mismo necesita de certezas en cuanto al tipo de actividades económicas que pueden desarrollarse en su territorio.

            Que la Minería como toda actividad capaz de modificar directa o indirectamente el  ambiente debe ser desarrollada en forma responsable y férreamente controlada

            Que Mendoza ha iniciado un proceso de desarrollo armónico, contando con un Plande Ordenamiento Territorial que ya prevé un nodo de desarrollo minero en el departamento y un inventario de glaciares, sumado a la expresa voluntad política de controlar y desarrollar otras actividades de similar impacto ambiental y territorial como la hidrocarburífera.

            Que la Ley N° 5.961 en su Título V, Artículo 26 nos da las pautas para minimizar o prever los daños que se puedan causar al Ambiente con la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) “Procedimiento destinado a identificar e interpretar, así como prevenir, las consecuencias o efectos que acciones o proyectos públicos o privados,puedan causar al equilibrio ecológico, al mantenimiento de la calidad de vida y a la preservación de los recursos naturales existentes en la Provincia”.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: Expresar el apoyo al Proyecto de Ley Código de Procedimientos Mineros para la Provincia de Mendoza, bajo el N° de Expediente 79.965 que se tramita en la Honorable Cámara de Senadores.

ARTÍCULO 2º: Solicitar a los Legisladores a cargo del Tratamiento del Proyecto:

  • Que sea garantía para los malargüinos el desarrollo industrial en las locaciones donde se  gesten los proyectos de exploración;
  • Estimular el compre local, a través de políticas de fomento tales como lo ha sido Mendoza Activa Hidrocarburos.
  • La representación de un profesional idóneo por el Departamento donde se lleve a  cabo el Procedimiento Minero en función de las específicas que expresa el Artículo 236 del Proyecto en cuestión.
  • Se habilite el debate respecto a la coparticipación y/o regalías que genere la actividad minera en las locaciones especificas donde se realice la misma.

ARTÍCULO 3º: Remitir copia de la presente  Resolución a la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Mendoza.

ARTÍCULO 4º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones             correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR.  RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A DIECIOCHO DÍAS DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICUATRO.