Gacetillas, Legislación, Prensa, Resoluciones

RESOLUCIÓN N° 096/2.024

Pulicado el
por

El pasado 15 y 16 de abril se llevó a cabo un paro convocado por la Asociación de Trabajadores del Estado y desde la Municipalidad se realizaron descuentos salariales a quienes llevan a cabo sus legítimos reclamos a través del ejercicio del derecho a huelga, mediante la Pieza Legal aprobada por mayoría expresa la voluntad de los Sres. Ediles de manifestarse al respecto solicitando al Sr Intendente tenga a bien no efectuar ninguna clase de descuentos al personal municipal.

Entendiendo que tal medida no canaliza el camino del dialogo necesario e imprescindible para abordar a un acuerdo conciliatorio en beneficio del pueblo de Malargüe. Constitución Nacional en el Art. 14 bis, garantiza a los sindicatos el derecho a la huelga, entendida ésta como el derecho de los trabajadores a suspender, en forma conjunta, las tareas laborales, por un tiempo determinado, con el fin de obtener mejores condiciones de trabajo o gremiales.

MIRA LA PIEZA LEGAL COMPLETA

AUTORES: CONCEJALES MARTIN PALMA, SILVINA CAMIOLO, ELIZABETH GONZALEZ, VIVIANA MOSCA Y ABLO VILLARRUEL

INTERBLOQUE UCR-INDEPENDIENTE , RECONSTRUYENDO MALARÜE- UNION MENDOCINA Y CAMBIA MENDOZA

VISTO:  El contenido del Expte  N° 5.404 HC 063 – 2.024  Interbloque  UCR Independiente, Reconstruyendo Malargüe, Unión Mendocina,  Cambia Mendoza.  Proyecto de Resolución:  Solicitar al Sr. Intendente Municipal considere no efectuar ningún tipo de descuento salarial sobre el personal municipal en ejercicio de su legítimo derecho a huelga.

Habiendo tomado conocimiento que se realizaron descuentos salariales a quienes llevan a cabo sus legítimos reclamos a través del ejercicio del derecho a huelga, es voluntad de los Sres. Ediles manifestarse al respecto y teniendo en cuenta que existen antecedentes tales como la Resolución N°040/2.022

y,

CONSIDERANDOQue a tal efecto se dispone solicitar tenga a bien no efectuar ninguna clase de descuentos al personal municipal, tanto del Departamento Ejecutivo como del Deliberativo, entendiendo que tal medida no canaliza el camino del dialogo necesario e imprescindible para abordar a un acuerdo conciliatorio en beneficio del pueblo de Malargüe.

Que la situación económica actual por la que atraviesa nuestro País y la imperante necesidad de resguardar los salarios y la capacidad económica de los empleados, obligan a nuestra clase trabajadora a activar las herramientas de reclamo.

Que nuestra Constitución Nacional en el Art. 14 bis, garantiza a los sindicatos el derecho a la huelga, entendida ésta como el derecho de los trabajadores a suspender, en forma conjunta, las tareas laborales, por un tiempo determinado, con el fin de obtener mejores condiciones de trabajo o gremiales.

Que la huelga refiere a la solicitud de un “Salario digno” que se considera justo y adecuado para cubrir las necesidades básicas de una persona o una familia. Sin embargo, el salario actual no es suficiente para cubrir todas las necesidades básicas, como vivienda, alimentación, cuidado de la salud y educación.

Que el personal municipal reclama mejorar las condiciones laborales (Ejemplo: garantizar la entrega de ropa) y garantizar que todos los trabajadores reciban una compensación justa por su trabajo.

Que el aumento de la Tarifaria Municipal la cual será actualizada bimestralmente y vemos que aquí no se refleja los aumentos salariales propuestos por el Ejecutivo Municipal.

Que los vencimientos de los plazos de pago tanto de servicios esenciales (como luz, agua y gas) como así también otros servicios tienen un vencimiento del 1 al 10 de cada mes y los locadores de servicio cobran fuera de esa fecha.  Por lo tanto, mantenerse dentro de los plazos de vencimiento ayuda a evitar interrupciones en los servicios y garantizar una experiencia continua y sin problemas.

Que la relación entre ingresos y precios está estrechamente relacionada con la inflación, que es el aumento generalizado y sostenido de los precios de bienes y servicios. Que el Nivel general del Índice de precios al consumidor registró un alza mensual de 13,2% en febrero de 2024, y acumuló una variación de 36,6%. En la comparación interanual, el incremento fue del 276,2%.  El concepto de mayor aumento en el mes fue Comunicación (24,7%), producto de subas en servicios de telefonía e internet, le siguieron Transporte (21,6%) –por los incrementos en el transporte público– y vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles (20,2%) –por alzas en el servicio de electricidad.

Que el aumento de salarios es una herramienta importante para abordar la inflación, promover la equidad económica y asegurar que los trabajadores puedan mantener su nivel de vida y cubrir sus necesidades básicas propias como las de sus familias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

RESUELVE

ARTICULO 1°: Solicitar al Sr. Intendente Municipal considere no efectuar ningún tipo de descuento salarial sobre el personal municipal en ejercicio de su legítimo derecho a huelga.

ARTICULO 2°: Solicitar al Sr. Intendente Municipal la disponibilidad del depósito salarial del 1 al 10 de cada mes para los locadores de servicio por lo expuesto en los fundamentos de la presente pieza legal.

ARTICULO 3°: Remitir copia de la presente pieza lega a:

  • Sindicato ATE Delegación Malargüe
  • Sindicato ATE Delegación Mendoza
  • Comisión de Derechos y Garantías de las Honorables Cámaras de Diputados y Senadores de la Provincia de Mendoza

ARTICULO 4°: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A DOS DÍAS DE MAYO DE DOS MI VEINTICUATRO.