El Concejo Deliberante solicitó a AFIP, EPAS, EPRE y ENARGAS la creación Oficinas en nuestro Departamento, lo cual ayudaría a que los trámites de los ciudadanos malargüinos se realicen con más agilidad y en menos tiempo ya que la mayoría de estas entidades tienen Sede en San Rafael, lo que provoca que nuestros vecinos deban trasladarse a esa Ciudad de generando esto inconvenientes de tiempos y gastos extras.–
MIRA LA PIEZA LEGAL COMPLETA
AUTOR CONCEJAL MARTIN PALMA
BLOQUE UCR-INDEPENDIENTE
VISTO: El contenido del Expte. Nº 5.402-HC-063-2.024. Bloque UCR-Independiente. Proyecto de Resolución: Solicitar a las Entidades de AFIP, EPAS, EPRE y ENARGAS la creación de las Oficinas en el Departamento de Malargüe.
Contar con oficinas de las entidades, anteriormente mencionadas, en el Departamento, ayudaría a que los trámites de los ciudadanos malargüinos se realicen con más agilidad y en menos tiempo ya que la mayoría de estas entidades tienen Sede en San Rafael, lo que provoca que nuestros vecinos deban trasladarse a esa Ciudad de generando esto inconvenientes de tiempos y gastos extras.
y;
CONSIDERANDO: Que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) es el organismo que tiene a su cargo la ejecución de la política tributaria, aduanera y de recaudación de los recursos de la Seguridad Social de la Nación
Que actualmente la AFIP gestiona la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos nacionales, los recursos de la seguridad social y el control de las actividades del comercio exterior. Su misión es administrar el sistema tributario, aduanero y de los recursos de la seguridad social de forma efectiva, simple y equitativa, promoviendo la cultura del cumplimiento voluntario y la formalización de la economía.
Que por medio de las Resoluciones N° 133/2.017 y 315/2.017 se solicitó a la AFIP una Oficina permanente en nuestro Departamento para poder acceder a los trámites administrativos.
Que el EPAS tiene como finalidad garantizar, regular y controlar la provisión de agua potable como así también, la recolección y el tratamiento de los efluentes cloacales en las localidades de manera sustentable, fomentando la inclusión social, contribuyendo a mejorar la calidad de vida de los malargüinos y garantizando el cuidado del ambiente.
Que sus funciones son:
•Dictar las normas reglamentarias de carácter técnico a las cuales deberá ajustarse el desarrollo de la infraestructura, la prestación de los servicios de provisión de agua potable, de saneamiento y la protección de la calidad del agua.
•Controlar la ejecución de los planes y programas de inversión de los operadores del sistema.
•Controlar el régimen de explotación propuesto por los operadores, en particular el régimen tarifario.
•Definir las subáreas de prestación del servicio que corresponda a los operadores, con sujeción a la política ambiental provincial.
•Proponer al Poder Ejecutivo, de conformidad con los principios y normas de la presente Ley, las tarifas de los servicios, como también las bases para su revisión.
•Establecer y aplicar los procedimientos de control de los servicios.
•Resolver en única instancia los conflictos que surgiesen entre los usuarios, los operadores del servicio y terceros, de conformidad con lo establecido por ley.
•Organizar y aplicar el régimen de Audiencias Públicas previsto en la ley.
•Promover ante los tribunales competentes las acciones civiles o penales que tiendan a asegurar el cumplimiento de sus funciones, los fines de la ley y su reglamentación.
•Elaborar un informe anual sobre sus actividades y resultados para elevarlo al Poder Ejecutivo y a la Honorable Legislatura Provincial.
•Aprobar la estructura orgánica y de funcionamiento interno del ente regulador.
•Celebrar contratos que hagan a su objeto como a los objetivos de la ley, con entidades provinciales, municipales, nacionales, internacionales y otras personas jurídicas públicas y privadas.
•Aplicar y hacer cumplir la ley vigente y su reglamentación, dictando todos los actos necesarios con el fin de alcanzar sus objetivos.
Que por medio de la Ordenanza 2.163/2.022 la Municipalidad de Malargüe se constituyó como operador del Servicio de Agua Potable, con la necesidad de dar solución a los problemas comunitarios del servicio de agua, que existen en determinadas zonas del Departamento, ya sea porque se presta de manera deficiente, irregular o era inexistente.
Que la Dirección General de Aduanas es un órgano que integra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Que son oficinas públicas ubicadas en zonas estratégicas del país para el control de las entradas y salidas de mercancías y recaudación de impuestos y tributos.
Que tiene a su cargo la aplicación de la legislación relativa a la importación y exportación de mercaderías.
Que su función principal es valorar, clasificar, verificar y controlar la entrada y salida de mercaderías, como así también los medios en que son transportadas, asegurando el cumplimiento de las disposiciones vigentes.
Que la Aduana colabora en el resguardo de intereses del Estado, tales como la seguridad nacional, la economía, la salud pública y el medio ambiente, vedando el flujo de mercaderías peligrosas o ilegales.
Que realiza el ejercicio de poder de política aduanera y fuerza pública con el propósito de advertir y castigar los delitos e infracciones aduaneras.
Que las estrategias principales de la Aduana se vinculan con la facilitación y potenciación del comercio exterior y la verificación oportuna, a través de la sistematización y actualización permanente del servicio, dentro del contexto de una nueva gestión pública.
Que también les corresponden llevar la investigación y practicar la administración de los registros de los despachantes de aduana, ATA (Agentes de Transportes Aduaneros), apoderados dependientes y apoderados generales, tanto de los mismos despachantes como de los agentes de transporte aduaneros y también de los exportadores.
Que Malargüe cuenta con un importante Paso Internacional y en lo que respecta a trámites y asesoramientos aduaneros depende de una Oficina de Aduana en el Departamento de San Rafael.
Que con la habilitación de cargas pesadas por el Paso Internacional Pehuenche se hace necesario que Malargüe cuente con una Oficina de Aduanas.
Que en lo relativo al Ente Provincial Regulador Eléctrico, es un organismo autárquico y descentralizado, creado por la Ley 6497 y sus decretos complementarios
Que tiene como misión de regular y controlar la actividad eléctrica en todo el territorio provincial de acuerdo a lo establecido en las normas vigente; articulando los derechos y obligaciones de cada agente que integra el sistema eléctrico (Usuarios – Distribuidoras – Transportistas – Generadoras), tanto en lo que hace a la calidad de servicio, promoción de inversiones, el uso racional de energía eléctrica, tarifas justas y razonables, el cuidado del ambiente y la protección de los usuarios.
Que tiene como funciones:
•Proteger adecuadamente los derechos de los usuarios.
•Cumplir y hacer cumplir la presente Ley, su reglamentación y disposiciones complementarias
•Dictar reglamentos a los cuales deberán ajustarse los Generadores, Transportistas, Distribuidores y Usuarios de Energía
•Prevenir conductas anticompetitivas, monopólicas o discriminatorias
•Proponer los cuadros tarifarios de las Concesiones de Transporte y Distribución
•Publicar los principios generales que deberán aplicar los Transportistas y Distribuidores
•Proponer las bases y condiciones técnicas
•Asesorar al Poder Ejecutivo
•Autorizar las Servidumbres de Electroducto
•Organizar, reglamentar y aplicar el régimen de Audiencias Públicas
•Velar por la protección del Derecho de Propiedad, el Ambiente y la Seguridad Pública
•Promover, ante los Tribunales competentes, acciones civiles o penales
•Reglamentar el procedimiento para la aplicación de las sanciones
•Requerir de los Generadores, Transportistas y Distribuidores los documentos e información necesarios
•Organizar un Registro Público
•Aplicar las sanciones previstas en la presente Ley; en sus reglamentaciones y en los Contratos de Concesión
•Cumplir y hacer cumplir la presente Ley, su reglamentación y disposiciones complementarias
•Asegurar la publicidad de las decisiones que adopte
•Elevar anualmente al Poder Ejecutivo y Poder Legislativo, un informe sobre las actividades del año y sugerencias
•Delegar en sus funcionarios las atribuciones que considere adecuadas para una eficiente y económica aplicación de la presente Ley.
•Asistir a los poderes públicos
•Intervenir en todo trámite en el que se encuentre involucrada la jurisdicción eléctrica
provincial
•Organizar e implementar un procedimiento de control del desarrollo de los planes de obras e inversiones
•Cumplir y hacer cumplir la presente Ley, su reglamentación y disposiciones
complementarias
•Implementar un procedimiento de control del endeudamiento
•Reglamentar los mecanismos necesarios de compensaciones y determinación de cuadros tarifarios
•Controlar que las Distribuidoras posean la capacidad técnica necesaria para asegurar la normal prestación del servicio
En general, realizar todo otro acto que sea necesario para el mejor cumplimiento de sus funciones
Que el ENARGAS y por medio de la Resolución 065/2.019 se solicitó al EnteNacional Regulador de Gas la designación de personal en nuestro Departamento.
Que el ENERGAS regula el transporte y distribución del gas natural en todo el territorio argentino, para proteger adecuadamente los derechos de los consumidores.
Que una de las principales funciones del ENARGAS es hacer cumplir la Ley, su eglamentación y disposiciones complementarias, en el ámbito de su competencia, controlando la prestación de los servicios, para asegurar el cumplimiento de las obligaciones fijadas en los términos de la habilitación.
Que dicta reglamentos a los cuales deberán ajustarse todos los sujetos de la Ley en materia de seguridad, normas y procedimientos técnicos, de medición y facturación de los consumos, de control y uso de medidores, de interrupción y reconexión de los suministros, de escapes de gas, de acceso a inmuebles de terceros, calidad del gas y odorización. En materia de seguridad, calidad y odorización su competencia abarca también al gas natural comprimido; a su vez dictar reglamentos con el fin de asegurar que los transportistas y distribuidores establezcan planes y procedimientos para el mantenimiento en buenas condiciones de los bienes afectados al servicio durante el período de las respectivas habilitaciones y que proporcionen al Ente informes periódicos que permitan determinar el grado de cumplimiento de dichos planes y procedimientos.
Que establece las bases para el cálculo de las tarifas de las habilitaciones a transportistas y distribuidores y controla que las tarifas sean aplicadas de conformidad con las correspondientes habilitaciones y con las disposiciones de la Ley; aprueba las tarifas que aplicarán los prestadores, disponiendo la publicación de aquellas a cargo de éstos.
Que gracias al avance de la tecnología hoy existen las páginas web para hacer trámites y reclamos, vemos que los adultos mayores son los mas perjudicados ya que no tienen formación en nuevas tecnologías y/o no disponen de un ordenador, conexión a Internet o teléfono móvil. Un aparato donde las letras y números son chiquitos, los términos son desconocidos, y no tienen a alguien que los pueda guiar.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTICULO 1°: Solicitar a las siguientes Entidades Provinciales la creación de una Oficina y la designación de personal de la Entidad en el Departamento de Malargüe:
•Ente Provincial Regulador de Energía (EPRE)
•Ente Provincial del Agua y Saneamiento (EPAS)
ARTICULO 2°: Solicitar a las siguientes entidades Nacionales la creación de una Oficina y la designación de personal de la Entidad en el Departamento de Malargüe:
•Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
•Ente Nacional Regulador de Gas (ENARGAS)
•Dirección General de Aduana
ARTICULO 3°: Elevar copia de la presente pieza legal a las siguientes Entidades, a fin de que tomen conocimiento y las medidas pertinentes:
• Autoridades de AFIP
• Autoridades del EPRE
• Autoridades del EPAS
• Autoridades de ENARGAS
• Autoridades de la Dirección General de Aduana
ARTICULO 4°: Elevar copia de la presente pieza legal a los Legisladores por el Cuarto Distrito, a fin de que intercedan ante dicha solicitud.
ARTICULO 5°: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTICINCO DÍAS DE ABRIL DE DOS MIL VEINTITRES