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ORDENANZA N° 2.289/2.024

Pulicado el
por

El HCD promueve el Programa “Noches de la Cuyanía” para fortalecer el folklore local

El HCD aprobó la creación del Programa “Noches de la Cuyanía”, que se llevará a cabo trimestralmente, de mayo a noviembre de cada año. Este programa tiene como objetivo promover y valorar el folklore cuyano en la región, aprovechando la rica tradición folklórica de Malargüe y su relevancia cultural.

El programa incluirá espectáculos en el Centro de Convenciones Thesaurus, que contará con las instalaciones necesarias para ofrecer eventos de calidad. La Secretaría de Desarrollo Humano integrará “Noches de la Cuyanía” en su plan de acción anual, y se autorizarán los gastos correspondientes en el presupuesto vigente.

Además, la Pieza Legal establece que se fijará un valor de ingreso para cubrir parcialmente el pago a los artistas, y se permitirá la inclusión de otras expresiones del folklore argentino, priorizando siempre el de la Región de Cuyo. La Dirección de Cultura convocará a folkloristas locales para organizar la agenda y programación del programa.

MIRA LA PIEZA LEGAL COMPLETA

AUTOR: CONCEJAL FRANCISCO PARADA

BLOQUE ENCUENTRO

VISTO: El contenido del Expte. Nº 5.445-HC-066-2.024. Bloque Encuentro. Proyecto de Ordenanza:  Instaurar el Programa denominado “Noches de la Cuyanía”.

            La necesidad de generar espacios de difusión, promoción y valoración del folklore cuyano

            y;

CONSIDERANDO: Que Malargüe es un Departamento ubicado en la región folklórica de Cuyo.

            Que Malargüe tiene una tradición folklórica que lo identifica y es parte de la riqueza cultural intangible que nos destaca.

            Que existen numerosos y destacados conjuntos folklóricos que se esfuerzan por presentar espectáculos de calidad.

            Que hay muchos jóvenes bailarines, cantores y músicos que siguen cultivando la expresión folklórica tradicional y necesitan ser apoyados en sus iniciativas artísticas.

            Que los espectáculos folklóricos pueden ser una importante oferta para los turistas.

            Que existe un público local que gusta disfrutar del espectáculo folklórico en ambientes cálidos y familiares.

            Que por medio del canto y la poesía folklórica, particularmente la de Cuyo, se pueden transmitir valores como el de la amistad, el respeto por los padres, la patria, la naturaleza, la mujer, etc.

            Que se  cuenta  con instalaciones municipales como el Centro de Convenciones Thesaurus, el cual posee sonido e iluminación propia, y además, las comodidades necesarias para desarrollar un espectáculo de calidad y de confort para el público.

            Que poniendo al servicio de los artistas las instalaciones, sería un gran aporte desde el Municipio, el cual al eximir de cualquier otro aporte económico, en un trabajo integrado se realizaría una contribución a la puesta en valor de nuestra cultura.

            Que la realización de estos eventos sirve para el crecimiento de los artistas y su   promoción, a fin de poder darles participación en otros de mayor envergadura como la Fiesta Nacional del Chivo.  

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTÍCULO 1º: Realícese un Programa denominado “Noches de la Cuyanía”, el cual se llevará a cabo cada tres (3) meses ,de mayo a noviembre de cada año .

ARTÍCULO 2º Dispóngase que la Secretaría de Desarrollo Humano incluya el Programa Noches de la Cuyanía en plan de acción anual.

ARTÍCULO 3º Autorícese que los gastos que demanden el Programa “Noches de la Cuyanía”, sean incluidos en el presupuesto vigente.

ARTÍCULO 4º Facúltese al Departamento Ejecutivo a poner un valor de ingreso al espectáculo para que lo recaudado sea utilizado para costear un porcentaje del pago de los artistas. 

ARTICULO 5º Autorícese a  los organizadores a incorporar al espectáculo otros expresiones del folklore argentino siempre priorizando el de la Región de Cuyo.

ARTICULO 6º Convóquese desde el Departamento Ejecutivo por medio de la Dirección de Cultura, a los folkloristas del Departamento para tomar conocimiento del Programa y para organizar agenda y programación del mismo.

ARTÍCULO 7º Envíese copia de la presente pieza legal a la Directora de Cultura de la Municipalidad de Malargüe.

ARTÍCULO 8º: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la   presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTIDOS DÍAS DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO