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ORDENANZA N° 2.292/2.024

Pulicado el
por

Malargüe adhiere al “Día de las Iglesias Evangélicas y Protestantes”

El HCD adhirió a la Ley Provincial N° 9.104, que instituye el 31 de octubre de cada año como el “Día de las Iglesias Evangélicas y Protestantes”. Esta normativa, se encuentra respaldada en una Nota presentada por la Asociación Regional de Pastores Evangélicos de Malargüe (ARPE), y busca reconocer el aporte de estas congregaciones.

Las iglesias evangélicas y protestantes representan al 15,3% de la población de Mendoza y desempeñan un papel fundamental en el ámbito social, brindando apoyo a través de comedores comunitarios y servicios espirituales. Esta fecha, además, conmemora la Reforma Protestante, iniciada en 1517 por Martín Lutero, un hecho que marcó la libertad de conciencia y la interpretación personal de la Biblia.

La incorporación de esta conmemoración al calendario oficial de actos departamentales refuerza el compromiso de Malargüe con la libre expresión de los credos, como lo garantiza la Constitución Nacional.

MIRA LA PIEZA LEGAL COMPLETA

VISTO: El contenido de la nota HC-542-2.024. Asociación Regional de Pastores Evangélicos de Malargüe (ARPE), Personería Jurídica  Nº 2.729,  adhesión  a la Ley  Nacional Nº  27.741.

            y;

CONSIDERANDO: Que en el año 2.018, la Provincia de Mendoza, adhirió a esta norma  Nacional bajo la Ley Provincial Nº 9.104, instituyendo  el 31 de octubre  de cada año, como Día de Las Iglesias Evangélicas  y Protestantes.

            Que la comunidad  de referencia representa  en nuestra Provincia al 15,3 % de la población.

            Que las Iglesias Evangélicas llevan adelante tareas sociales de contención, comedores comunitarios y servicios espirituales de manera  ininterrumpida en nuestra  comunidad.

            Que esta fecha refiere a la 95° Tesis que presentó el Monje alemán Martín Lutero en el año 1.517, en la puerta de la Iglesia del Castillo de Wittemberg, marcando  así  el inicio de la Reforma Protestante, con un  profundo  impacto  en el  Mundo, la libertad  de  conciencia y  la  interpretación personal de la Biblia.

            Que es voluntad de este Honorable Concejo Deliberante apoyar  la libre  expresión  de los  credos, tal como lo establece  la Constitución Nacional.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTICULO 1°:Adhiérase  a la  Ley Provincial  N° 9.104, instituyendo  el 31 de octubre  de  cada año como el “Día de las  Iglesias Evangélicas y Protestantes”.

ARTICULO 2°:  Incorpórese dicha fecha al Calendario Oficial de Actos  Departamentales en Malargüe.

ARTICULO 3°: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTISEIS DÍAS DE SETIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO